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miércoles, 16 de agosto de 2017

[A vuelapluma] ¿España federal o plurinacional?





Entre las resoluciones aprobadas por el PSOE en su último Congreso figura la defensa del carácter “plurinacional” del Estado y la propuesta de modificar la Constitución para incluir esa fórmula en el artículo 2 en el marco de una reforma en clave federal, pero la plurinacionalidad puede desembocar en el caos; no está en las constituciones europeas y es un concepto extraño a la democracia occidental. Pedro Sánchez y el PSOE deberían aclarar si pretenden una España federal o una España plurinacional, defiende Javier Tajadura Tejada, profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco y exmagistrado del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Los partidarios de la opción plurinacional, comienza diciendo, se basan en la distinción entre dos conceptos de nación (cultural y político). La nación política es soberana mientras que las naciones culturales no lo son. Junto a la única nación política existente —dotada de soberanía— que es España, habría que reconocer la existencia de un número indeterminado de naciones culturales. Para defender esta interpretación del Estado Constitucional vigente no hace falta ninguna reforma. El actual artículo 2 ya menciona junto a la “indisoluble unidad de la nación española”, titular de la soberanía indivisible, la existencia de “nacionalidades y regiones” a las que se les reconoce el derecho a la autonomía política. La introducción del concepto de “nacionalidades” en el artículo segundo de la Constitución supuso ya reconocer la existencia de “naciones culturales”.

Nación cultural es el significado que hay que dar al término “nacionalidad” del artículo 2. Inicialmente no eran muchas, pero el jardín de las naciones ha ido floreciendo. Aragón, por ejemplo, al constituirse en comunidad autónoma no se consideró nacionalidad sino región, pero con el tiempo, a los dirigentes políticos de la comunidad, región les supo a poco y optaron por convertir la región en nacionalidad. Lo mismo hicieron otras. Según el artículo 2, España ya es una nación política que reconoce la autonomía de las naciones culturales (nacionalidades). Si esto es lo que defiende el PSOE, no se comprende que reclame una reforma del artículo 2. La reforma que se propone tiene otro significado y alcance.

Aunque la Constitución reconozca la existencia de una serie de naciones culturales, España no es un “Estado plurinacional”. Y no puede serlo porque como Estado democrático es un Estado de ciudadanos y no de naciones. La fórmula propuesta por el PSOE para contentar a las fuerzas nacionalistas supone considerar a las naciones como elementos constitutivos del Estado. En esto consiste el verdadero alcance del término “Estado plurinacional”. La existencia de naciones culturales ya está reconocida por la Constitución, lo que no lo está es la consideración de las mismas como elementos constitutivos del Estado.

Esta es la contradicción intrínseca de la propuesta. Cuando sus promotores subrayan que defienden la concepción de España como una única nación política, parecen olvidar el significado ideológico de la nación política. La nación política no es solo la nación soberana, sino sobre todo la “nación cívica”, es decir, compuesta por ciudadanos libres e iguales en derechos. Esa nación cívica —el presupuesto del Estado constitucional— es incompatible con cualquier definición del Estado como plurinacional. El Estado constitucional está integrado por ciudadanos (iguales) y no por naciones (diversas). No es la soberanía, sino la libertad y la igualdad lo que está en juego. La defensa del “plurinacionalismo” supone sacar del desván de la historia uno de los artilugios del pensamiento reaccionario: la noción romántica de nación, definida por elementos culturales y sentimentales, que ha sido siempre combatida por la izquierda consecuente preocupada por la igualdad y por construir Estados (más que naciones) de ciudadanos libres.

El Estado federal es incompatible con la lógica de la plurinacionalidad. Está basado en la igualdad sustancial de los entes que lo componen mientras que el Estado plurinacional presupone la desigualdad. La definición constitucional del Estado como plurinacional obligaría a precisar el número de naciones que lo integran. Hoy esto no es necesario porque, al no ser las nacionalidades (y regiones) elementos constitutivos del Estado, su número puede variar sin consecuencias prácticas. Y exigiría determinar que consecuencias jurídicas se derivan para los ciudadanos de una entidad territorial que esta sea calificada como nación. Si suponen algún tipo de ventaja, los ciudadanos de Cartagena podrían también querer definirse como “nación”. Y los de León, y los de La Gomera, etcétera.

La fórmula “plurinacional” puede desembocar fácilmente en el caos y no aparece en ninguna Constitución democrática de Europa, concluye diciendo el profesor Tajadura. Solo la recogen las de Bolivia y Ecuador. El PSOE debe aclarar si su modelo territorial es Alemania (como paradigma del federalismo) o Bolivia.





Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt



HArendt






Entrada núm. 3736
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La verdad es una fruta que conviene cogerse muy madura (Voltaire)