Pedro Sánchez
El Congreso de los Diputados celebra los días 1 y 2 de marzo la Sesión de Investidura de Pedro Sánchez, candidato a la Presidencia del Gobierno propuesto por Su Majestad el Rey una vez celebradas las consultas con los representantes designados por las formaciones políticas que han obtenido escaños en las elecciones generales del 20 de diciembre.
En aplicación del artículo 170 del Reglamento de la Cámara, el presidente del Congreso de los Diputados convocó al Pleno para iniciar la Sesión de Investidura el 1 de marzo a las 16,30 horas, con la intervención del candidato a la Presidencia del Gobierno.
La sesión continuará a partir de las 9,00 horas del miércoles, día 2, cuando tomarán la palabra los representantes de los grupos parlamentarios, de mayor a menor, salvo el grupo al que pertenece el candidato a la Presidencia, que lo hace en último lugar. Al término del debate se realizará la primera votación.
De acuerdo con el Reglamento del Congreso, la Sesión se desarrollará como sigue:
- La sesión comenzará con la lectura, por uno de los secretarios de la Mesa (art. 171.1 RC) de la propuesta de candidato firmada por el Rey.
- El candidato propuesto expondrá, sin limitación de tiempo, el programa político del Gobierno y solicitará la confianza de la Cámara (art. 99.2 CE y art. 171.2 RC).
- Tras el tiempo de interrupción decretado por la Presidencia intervendrá un representante de cada Grupo Parlamentario (de mayor a menor) que lo solicite, por 30 minutos (art. 171.3 RC).
- El candidato propuesto podrá hacer uso de la palabra cuantas veces lo solicite. Cuando conteste individualmente a uno de los intervinientes, éste tendrá derecho de réplica por 10 minutos. Si el candidato contestara en forma global a los representantes de los Grupos, éstos tendrán derecho a una réplica por 10 minutos (art. 171.4 RC).
- La votación se efectuará a la hora fijada por la Presidencia y será pública por llamamiento (art. 85.2 RC). Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente del Gobierno.
- De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación 48 horas después, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple (art. 99.3 CE). Antes de proceder a esta votación, el candidato podrá intervenir por tiempo máximo de 10 minutos y los Grupos Parlamentarios por 5 minutos cada uno para fijar posición (art. 171.5 RC).
- Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores (art. 99.4 CE).
- Si transcurridos 2 meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza, el Presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el Decreto de disolución de ambas Cámaras, convocará nuevas elecciones y lo comunicará al Presidente del Senado (art. 99.5 CE y 172.2 RC).
- Otorgada la confianza al candidato, el Presidente del Congreso lo comunicará al Rey, a los efectos de su nombramiento como Presidente del Gobierno (art. 171.6 RC).
- El Congreso difundirá contenidos informativos y divulgativos a través de sus perfiles oficiales en Twitter, Facebook y Youtube.
Desde este enlace del Congreso de los Diputados pueden seguir en vídeo, íntegramente las intervenciones de los portavoces de los distintos grupos parlamentarios y la votación de investidura de hoy, 2 de marzo. Y en estos otros, las opiniones sobre el desarrollo de la sesión de cronistas políticos como Pau Luque, Luz Sánchez-Mellado, Montserrat Domínguez, Natalia Junquera, Fernando Garea, Jaime Rubio, Rubén Amón, Juan José Mateo, y otros, o el editorial de El País.
Y desde aquí, acceder al texto íntegro del diario de sesiones de la Cámara correspondiente al día de hoy. La continuación, el próximo viernes a esta misma hora.
Congreso de los Diputados
Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt
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