lunes, 20 de julio de 2020

[ARCHIVO DEL BLOG] Jurisprudencia constitucional. Publicada el 19 de mayo de 2010




Palas Atenea


Creo que lo escribe con excesiva vehemencia, pero que no deja de tener buena parte de razón. Me refiero al artículo que en el diario El País publica hoy miércoles el abogado José María Ruiz Soroa, titulado ¿Democracia ramplona?, sobre las críticas, a su juicio infundadas, que se formulan a la labor del Tribunal Constitucional como garante de los derechos y libertades de los españoles que la Constitución establece. En particular y sobre todo, a partir del interminable proceso de examen del Estatuto de Cataluña.

Dice Ruiz Soroa que hay dos formas de criticar el funcionamiento, incluso la existencia, de un Tribunal Constitucional. La primera, la de aquellos que argumentan que la capacidad de un pueblo para autogobernarse no puede estar limitada por unos textos constitucionales más o menos rígidos y heredados de generaciones pasadas. Y menos aún por unos tribunales que imponen su opinión elitista y técnica a los representantes de la ciudadanía e invalidan o recortan las leyes por estos aprobadas. Para estos autores, dice, nuestras actuales democracias constitucionales son "democracias paternalistas" (Waldrom) o "democracias jibarizadas" (Sánchez Cuenca), que tratan al ciudadano como a un ser precisado de muletas para desempeñarse en la vida pública. Es muy discutible, concluye, pero es una opinión razonada.

La polémica viene de antiguo, sobre todo a partir de los años 30 del pasado siglo, y se hizo patente en la confrontación que llevaron a cabo dos grandes juristas: el austriaco Hans Kelsen y el alemán Carl Schmitt, sobre "quién debe ser el defensor de la Constitución". Ya la he tratado anteriormente en el blog, y allí me remito.

La segunda, siempre a juicio del autor del artículo, es la de aquellos que aun teniendo a la vista que el Tribunal Constitucional ya había acordado en su sentencia nonata de hace unas semanas la inconstitucionalidad de una veintena de artículos del Estatuto, algo en lo "que todos sus miembros estuvieron de acuerdo", añade, han emprendido una campaña desaforada para sacarlo adelante pese a quien pese. Supongo, aunque no lo dice, que se refiere a los partidos que han promovido el reciente acuerdo del Parlamento de Cataluña en defensa del actual texto estatutario y solicitando la modificación de la ley del Tribunal Constitucional.

Desde mi atalaya de mero espectador y seguidor interesado de la jurisprudencia de nuestro Tribunal Constitucional, comparto con el señor Ruiz Soroa su opinión de que la labor del Tribunal ha sido, en cuanto a la salvaguardia de los derechos y libertades de los españoles se refiere, a pesar de algunas excepciones de interpretación que ahora no vienen al caso, absolutamente positiva. Dicho lo cual, reitero dos cuestiones que están en la mente de todos y que nuestro articulista no menciona: a) es absolutamente injustificable que una sentencia sobre la constitucionalidad de una ley, sea ésta de la complejidad que sea, lleve más de tres años sin resolverse; y b) es absolutamente injustificable que la renovación de aquellos de sus miembros que han cumplido su mandato se prorrogue indefinidamente por la imposibilidad de acuerdo entre los dos grandes partidos nacionales.

De la primera cuestión los únicos responsables son los propios miembros del Tribunal; de la segunda, los únicos responsables son el partido popular y el partido socialista. Como obligar a estos últimos a un ejercicio de responsabilidad resulta poco menos que una utopía, me pregunto: ¿por qué no dimiten en pleno los miembros del Tribunal Constitucional forzando así su renovación? 

He puesto en la cabecera de la entrada del blog la milenaria y venerada imagen de Palas Atenea, diosa de la Sabiduría, a ver si nos ilumina en estos momentos de tribulación.  Esperemos que sí... HArendt




El abogado José María Ruiz Soroa 



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