El blog de HArendt (2006-2026). Pensar para comprender, comprender para actuar
viernes, 6 de junio de 2025
[ARCHIVO DEL BLOG] SOBRE GUSTOS. PUBLICADO EL 26/06/2020
DEL POEMA DE CADA DÍA. HOY, AL VOLCÁN DE AGUA, DE JOSÉ BATRES MONTÚFAR
AL VOLCÁN DE AGUA
Sobre la gran muralla americana,
altivo torreón, vecino al cielo,
su cúspide levanta soberana,
a do jamás osó llevar su vuelo
la reina de las aves atrevida,
que en la cuna de Júpiter anida.
Nimbado de esplendor y de grandeza,
bañado en luz y en misteriosa sombra,
irguiendo miro tu alta cabeza,
volcán sublime, que los cielos nombra;
y allá en tu cumbre de eternal ventura,
colocar anhelo mi mansión futura.
Gigante es Almolonga entre los montes,
fuerte, soberbio, grande entre los grandes.
¡Cuál domina millares de horizontes!
¡Cómo huella la cumbre de los Andes!
¡Cómo mira a su falda avasalladas,
de cien montes las cimas encumbradas!
Cien montes son tus hijos, son tus siervos;
y el cono que te sirve de corona
es tan gallardo, que los más protervos
tienen por rey al ínclito Pomona;
y el valle que se extiende a tus raíces
es el más feraz de los países.
Tú viste coronada tu alta frente
de blancas nubes y de azul sereno;
tú viste el águila altiva y potente
volar sin miedo sobre el mar y el cieno;
tú viste al hombre en su primer estado,
y a Dios plugo que fueras su estrado.
¡Oh tú, que de la edad en los anales
marcas la página más portentosa,
y el cataclismo de los inmortales
con voz tremenda y majestad gloriosa!
Desde el trono de escombros y de fuego
tu imperio salvas del universalego.
Cuando la trompa del furor divino
despertó el huracán en su caverna,
y el ronco trueno y el fragor contino
rasgaron de los cielos la cisterna;
cuando rota la esfera cristalina
cayó la lluvia convertida en ruina.
Tú, solo tú, de la tormenta en medio,
sobre el abismo levantaste el cuello,
y el diluvio que fue nuestro remedio
fue para ti de gloria y de destello;
pues rota la ancha base de tu asiento,
lanzaste al aire tu eternal cimiento.
Y cuando el sol, tras lóbrega cortina,
rasgó las sombras y alumbró la tierra,
y vio el estrago y la fatal ruina
que en sus entrañas el diluvio encierra;
te vio sereno, y reflejó tu cumbre
con nuevo resplandor y nueva lumbre.
Hoy mismo que el furor de las edades
ha sepultado en confusión profunda
imperios, pueblos, tronos y ciudades,
y en honda noche al universo inunda;
tú estás de pie, con la cabeza erguida,
mostrando al hombre tu eternal herida.
Mas ¡ay! que el tiempo, que en su raudo vuelo
todo lo trueca y todo lo aniquila,
también en ti su destructor anhelo
con mano impía y vengadora afila;
y el día vendrá, que la futura gente
no hallará de tu mole el Occidente.
Entonces yo, si el genio que me inspira
no me abandona en la eternal morada,
pulsaré nuevamente el son del arpa mía,
y en alas de la musa arrebatada,
iré a buscar tu sombra en el vacío,
¡volcán de Agua, portento, numen mío!
JOSÉ BATRES MONTÚFAR (1809-1844)
poeta guatemalteco
jueves, 5 de junio de 2025
DE LAS ENTRADAS DEL BLOG DE HOY JUEVES, 5 DE JUNIO DE 2025
Hola, buenos días de nuevo a todos y feliz jueves, 5 de junio de 2025. Aunque se asocia sobre todo con ‘trolls’ y cuentas falsas, el anonimato en internet tiene raíces tan antiguas como el seudónimo literario, dice en la primera de las entradas del blog de hoy la periodista Arantza García Garcés; para unos, es un salvavidas que permite expresarse sin miedo; para otros, una máscara para la desinformación y el odio. En la segunda, un archivo del blog del 15 de junio de 2017, el profesor Santos Juliá comenzaba diciendo que a la muerte de Franco nadie daba un céntimo por lo que en España pudiera ocurrir cuando los partidos recuperaran la libertad. Y el 15 de junio de 1977, hoy hace cuarenta años, en las primeras elecciones democráticas postfranquistas, triunfaron las dos opciones sobre las que Europa construyó la democracia: el centro y el socialismo. La tercera, con el poema de hoy, reproduce el titulado La base de la sociedad, del poeta costarricense Luis Chaves, y comienza con estos versos: Daría lo mismo/que no hubiera nada en el refrigerador,/las cuatro o cinco cosas que lo ocupan/son incompatibles. Y la cuarta y última, como siempre, son las viñetas de humor, pero ahora, como decía Sócrates, "Ιωμεν" (toca marchar); volveremos a vernos mañana si las Euménides y la diosa Fortuna lo permiten. Sean felices, por favor. Tamaragua, amigos míos. HArendt
DEL ANONIMATO DIGITAL
Aunque se asocia sobre todo con ‘trolls’ y cuentas falsas, el anonimato en internet tiene raíces tan antiguas como el seudónimo literario, dice en la revista Ethic [El dilema del anonimato digital. Hablar sin dar la cara, 29/05/2025] Arantza García Garcés, licenciada en Ciencias de la Información por la UCM, y en las redes sociales, su uso genera opiniones encontradas: para unos, es un salvavidas que permite expresarse sin miedo; para otros, una máscara para la desinformación y el odio. El debate está servido.
La imagen de un usuario con el rostro cubierto y un móvil en la mano resume bien el dilema legal que plantean hoy las redes sociales: ¿cómo equilibrar el derecho a expresarse libremente y a mantener la privacidad con la necesidad de establecer responsabilidades en el entorno digital?
En España no existe un «derecho al anonimato» como tal. La Constitución garantiza tanto la libertad de expresión como el derecho a la intimidad y al honor, pero no entra a valorar si uno debe o no identificarse al participar en el mundo digital. Lo cierto es que el uso de seudónimos está permitido y ha sido respaldado por la jurisprudencia, siempre que no sirva para cometer delitos.
Desde el punto de vista legal, explica el abogado experto en derecho digital Borja Adsuara, «el anonimato (entendido como impunidad) no es un derecho protegido, ni hay ninguna declaración de derechos que lo incluya. El Estado de Derecho no puede aceptar espacios de impunidad donde no llegue la Ley, la policía o los jueces». En cambio, matiza, «el pseudonimato –es decir, el uso de un seudónimo– sí permite ejercer la libertad de expresión sin temor a represalias, aunque con límites: si se comete un delito, un juez puede ordenar levantar el velo y perseguir penalmente a la persona que está detrás». Este principio, añade, está recogido en la Carta Española de Derechos Digitales.
En 2021, la Carta de Derechos Digitales incorporó por primera vez el llamado derecho al pseudonimato. Este derecho reconoce que cualquier persona pueda usar un nombre ficticio para acceder a entornos digitales como redes sociales. El objetivo es ofrecer un margen de protección a quienes, por motivos personales, sociales o profesionales, no pueden expresarse libremente con su identidad real. Es una forma de facilitar la participación en la vida pública digital sin poner en riesgo la seguridad o integridad del usuario.
Eso sí, esta posibilidad no es ilimitada. La Carta aclara que el uso de seudónimos dependerá tanto de las capacidades técnicas como de la legislación vigente, y no será aplicable en contextos donde sea necesario identificar al usuario, por ejemplo, en servicios de pago o entornos sensibles que requieran verificar la identidad por seguridad.
Además, el texto incluye un matiz importante: en caso de delito, la identidad de la persona tras el seudónimo debe poder ser recuperada mediante resolución judicial. Usar otro nombre está permitido, pero no otorga impunidad.
Borja Adsuara insiste en que, en la práctica, «mucha gente se cree que está interactuando en redes sociales con perfiles o cuentas anónimas, pero no lo son. La mayoría son pseudónimas y los administradores de esas redes tienen datos suficientes para identificarlos –como IPs, correos electrónicos o metadatos– si un juez los solicita como parte de una investigación judicial». Para delitos como calumnias o amenazas, recuerda, estos mecanismos ya están en marcha. En el caso de la desinformación, sin embargo, el marco legal es más complejo y depende en gran parte de las nuevas normativas europeas.
En esta línea, Moisés Barrio, letrado del Consejo de Estado, experto internacional en Derecho digital y director del posgrado en Legal Tech y transformación digital de la Universidad Complutense de Madrid, subraya el papel clave que juegan las plataformas digitales en este engranaje legal. «Actúan como intermediarios técnicos y por ello poseen información sensible como IPs, historiales de actividad o datos personales. Su capacidad para almacenar esta información las convierte en actores fundamentales para colaborar con jueces y autoridades en la investigación de delitos en la red», señala. Según explica, esta colaboración está contemplada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece de forma clara la obligación de colaborar con la justicia en estos casos.
A nivel europeo, la libertad de expresión y la privacidad están recogidas en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) fomenta la seudonimización como método de protección. Aun así, también hay límites. En 2018, el Tribunal de Justicia de la UE dictaminó que la policía podía exigir la identidad digital de un sospechoso, incluso si el delito era leve.
El debate legal sigue abierto, sobre todo con nuevas normativas como el reglamento eIDAS 2, que promueve la identificación electrónica en toda la UE. Aunque no prohíbe el anonimato, tampoco lo contempla. Y lo mismo ocurre con la nueva Ley de Servicios Digitales, que impone a las plataformas más control sobre los contenidos ilegales y exige más transparencia. En resumen: el marco legal europeo avanza hacia una mayor trazabilidad, sin que eso signifique, de momento, el fin del anonimato.
Además, Moisés Barrio advierte que el uso de seudónimos en redes sociales puede chocar con la normativa de protección de datos personales. Aunque se oculte la identidad directa del usuario, los datos pueden ser rastreados y vinculados a su identidad real mediante información adicional. «La línea entre privacidad y ocultación de identidad es difusa», explica. «La seudonimización no impide la reidentificación, y por tanto debe estar sujeta a medidas técnicas que eviten un uso indebido. El pseudónimo protege la privacidad y la libertad de expresión, pero también puede usarse con fines delictivos. Por eso, cuando se cruzan ciertos límites, corresponde al juez autorizar la identificación».
En el plano ético, el anonimato digital despierta opiniones igual de divididas. Organizaciones como Human Rights Watch o ARTICLE 19 lo defienden como una herramienta fundamental para proteger a periodistas, activistas o usuarios vulnerables. En países con regímenes autoritarios, puede ser la única vía para denunciar abusos sin poner en riesgo la vida.
La investigadora Danah Boyd lo resume así: quienes usan seudónimos suelen ser los más marginados. Para muchas mujeres, personas LGTBI o colectivos racializados, el anonimato permite compartir experiencias, pedir ayuda o crear comunidad en entornos donde hacerlo con su nombre real sería peligroso.
ONG tecnológicas como SocialTIC o Take Back The Tech han documentado casos donde el uso de perfiles anónimos permitió denunciar violencia de género, corrupción o discriminación. En muchos contextos, el anonimato es más una herramienta de supervivencia que un privilegio.
Pero también están quienes lo ven como un problema. Sus críticos argumentan que facilita el discurso de odio, las amenazas y la difusión de bulos. Cuando nadie da la cara, dicen, es más fácil insultar, acosar o manipular. Y lo cierto es que los delitos de odio, calumnias o amenazas ya están penados, incluso si se cometen desde perfiles anónimos.
El reto ético está en el equilibrio: ¿cómo proteger las voces legítimas que se ocultan por necesidad, sin dar carta blanca a quienes abusan del anonimato? La mayoría de expertos coincide en que debe mantenerse como un derecho, pero con límites claros y mecanismos para identificar a quienes lo utilicen para hacer daño.
Desde el punto de vista social, el anonimato ha cambiado la forma en que nos relacionamos en internet. Ha permitido nuevas formas de participación, creatividad y expresión. Muchos usuarios –no solo famosos– recurren a seudónimos por razones tan válidas como la protección de su vida privada o el miedo a represalias. No es solo cuestión de trolls.
Un caso ilustrativo: un trabajador fue despedido por criticar a su empresa en Facebook con su nombre real. Con un perfil anónimo, probablemente habría evitado el castigo. Este tipo de ejemplos muestran que, a veces, esconder el nombre es una forma de protección frente al poder.
Pero el anonimato también ha generado espacios tóxicos. En foros o redes sin control, proliferan los insultos, los bulos y el acoso. Campañas de desinformación se organizan desde cuentas falsas que desaparecen cuando son detectadas. Y eso deteriora la confianza entre usuarios.
Para frenar este efecto, las nuevas normativas europeas exigen medidas más firmes: verificación de cuentas, trazabilidad de contenidos y sistemas antifraude. Las plataformas también han comenzado a reforzar sus herramientas internas de moderación. Aun así, muchos expertos advierten que la solución no pasa solo por endurecer las reglas, sino por mejorar la educación digital.
En definitiva, el anonimato en internet es una herramienta poderosa. Puede proteger, pero también esconder. Usado con responsabilidad, puede ser un aliado de la libertad de expresión. Mal usado, mina la convivencia. La clave no está tanto en eliminarlo como en aprender a convivir con él, con leyes, normas éticas y sentido común. Arantza García Garcés es una profesional con amplia experiencia en producción y gestión de proyectos, actualmente desempeña el rol de Producción y Nuevos Proyectos en iKN España desde marzo de 2019. Desde noviembre de 2021, Arantza también contribuye como colaboradora de Revista Ethic.
[ARCHIVO DEL BLOG] Y ESPAÑA DEJÓ DE SER DIFERENTE. PUBLICADO EL 15/06/2017
A principios de noviembre de 1976, comenta, semanas antes del referéndum sobre la Ley para la Reforma Política, el semanario catalán, y en catalán, Arreu, me encargó escribir una serie de artículos para explicar el contenido de la Ley para la Reforma Política que debía votarse en referéndum el 15 de diciembre de aquel año. Este semanario —excelente, aunque de corta vida— estaba en línea con el progresismo de la época, quizás más en el ámbito comunista que socialista, pero independiente de ambos.
En aquellos tiempos, añade, nadie perteneciente a este mundo creía en Adolfo Suárez y en su Gobierno. Se pensaba que la democracia debía llegar a través de la ruptura, nada debía esperarse de los intentos reformistas desde el interior del régimen. Suárez, por tanto, al que se le recordaba vistiendo camisa azul, sería un nuevo fracaso. Por tanto, en el encargo, iba implícito, sin decirlo, “espero que te la cargues”. También yo, que aún no había leído el proyecto, pensaba lo mismo.
Así pues, me puse a la tarea, sigue diciendo. Una ley tan corta, ¿daría para tres o cuatro piezas, tal como me pedían? Tenía mis dudas. Efectivamente, el texto estaba compuesto por cinco artículos, tres disposiciones transitorias y una final. Además, sin preámbulo. Pero empecé a leerla con detenimiento y lentitud, subrayando el texto, tomando notas, fijándome en sus remisiones a otras normas. La ley era breve pero de una enorme complejidad: había que enmarcarla en las leyes fundamentales franquistas, a las que yo siempre había prestado muy poca atención, y en su disposición final, sin derogar expresamente las anteriores, quedaba añadida también como Ley Fundamental. Estaba cada vez más asombrado. ¿Qué significaba todo aquello?
Lo entendido en una primera lectura, sigue diciendo, sucede también en otros textos, pero especialmente en leyes y sentencias, hay que dejarlo reposar. Hay que repasar las notas tomadas, reordenarlas, precisar el significado de ciertas palabras, encontrarles muchas veces una nueva interpretación de acuerdo con el contexto y así hacerte una completa composición de lugar. Una labor apasionante, como leer un buen poema críptico. Conforme iba trabajando, el asombro seguía. Y empecé a pensar que las posibilidades de avanzar hacia la democracia serían mucho mayores con esta nueva ley, aunque entonces pensar esto no fuera políticamente correcto. No recuerdo lo que escribí.
En efecto, añade más adelante, aquellos escasos preceptos estaban redactados con tan milimetrada sutileza que derogaban tácitamente todo el engendro institucional antidemocrático de las leyes fundamentales franquistas, en aplicación del principio de temporalidad según el cual una ley posterior deroga a la anterior siempre que sea de igual rango jerárquico. Por esa razón, la Ley para la Reforma declaraba tener el rango de Ley Fundamental.
A su vez, estableció claramente los principios básicos de un Estado democrático de Derecho: soberanía del pueblo, elecciones libres, democracia representativa y garantía de los derechos fundamentales.
Por un lado, dice, declaraba que el pueblo era soberano y que su voluntad se expresaba mediante leyes elaboradas y aprobadas por las Cortes (Congreso y Senado) elegidas por sufragio libre y universal. Por otro, reconocía que los derechos fundamentales de la persona eran inalienables y vinculaban a todos los poderes del Estado. No establecía, ciertamente, un catálogo de derechos fundamentales. Ahora bien, como España había ya suscrito los más importantes tratados internacionales en esta materia, no aplicables por carecer de su publicación en el BOE, sólo faltaba este sencillo requisito para quedar integrados en el ordenamiento jurídico español y así tener eficacia interna. En los meses siguientes tuvo lugar su publicación.
Finalmente, afirma, debe repararse en que la ley se denominaba “para” la reforma política, no “de” la reforma política. Es decir, era un instrumento para instaurar una democracia más plena y definitiva. Por ello, daba poderes a las Cortes para elaborar y aprobar una nueva Constitución, sin límite alguno, que debía ser ratificada por el pueblo en referéndum. Dado que hasta que llegara este momento aún subsistían instituciones del régimen anterior que podían entorpecer el previsible proceso constituyente, se otorgaban poderes al Rey, que afortunadamente no tuvo que utilizar, para convocar un referéndum sobre “opciones políticas de interés nacional”. Así se situaba al monarca como garantía última para que el proceso llegara a buen fin.
Landelino Lavilla, señala, uno de los grandes protagonistas de aquella etapa, que estaba junto a Suárez en la cocina de aquella operación, ya que era su ministro de Justicia, lo relata con detalle en sus brillantes memorias publicadas este invierno. “La transición —dice Lavilla— ha permitido pasar de un régimen autocrático a uno democrático sin quiebra formal de la legalidad”. Es exacto: sin quiebra “formal”. Pero también se deprende de sus palabras lo más sustancial: con la quiebra de todo lo demás ya que se pasa de una dictadura a una democracia.
En los meses siguientes a la aprobación de la Ley, dice a continuación, hasta que tuvieron lugar las elecciones previstas, se fueron aprobando las distintas normas que debían asegurar la regularidad democrática de los comicios: derecho de asociación política, ley electoral y libertad de expresión. Además, entraron en vigor los tratados internacionales sobre derechos humanos. El Gobierno de Suárez y la oposición democrática fueron, no exactamente pactando, pero sí consultándose, todas estas leyes. Se había establecido un grado de confianza entre unos y otros, a partir de la aprobación de la Ley para la Reforma Política, que no era previsible cuando yo me puse a comentarla en el Arreu.
Finalmente, afirma, el día 15 de junio de 1977, hoy hace 40 años, se celebraron las primeras elecciones de la democracia. Aquel día fue muy singular. Los ciudadanos estaban expectantes, los políticos más, los gobernantes inquietos, la prensa alborotada. Las elecciones podían ser limpias o sucias, no era descartable algún conato de violencia.
Al llegar la noche, afirma, ya se vio lo más importante, mucho más que los resultados: los españoles tenían muy asimilada la democracia, eran respetuoso con las reglas jurídicas, ejercían la virtud de la tolerancia con quien discrepara de sus opiniones, querían convivir en paz de una vez para siempre. La guerra civil se había superado hacía años, todas las lecciones de la historia se habían aprobado. Esta fue la gran victoria, para nada militar, de aquel día.
“Quisimos, pudimos, ¡lo hicimos!”, concluye diciendo. La conocida frase pronunciada por John Wayne en Río Rojo, la gran película de Howard Hawks, la podían repetir aquel día, con una leve sonrisa y gran satisfacción, millones de españoles.































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