domingo, 7 de diciembre de 2025

DE LAS VIÑETAS DE HUMOR DEL BLOG. ESPECIAL DE HOY DOMINGO, 7 DE DICIEMBRE DE 2025

 









































































sábado, 6 de diciembre de 2025

EN EL 47 CUMPLEAÑOS DE LA CONSTITUCIÓN. ESPECIAL DE HOY, 6 DE DICIEMBRE DE 2025

 







Cuando se encamina a su medio siglo, la Ley Fundamental resiste y sigue mostrando una adhesión ciudadana nada desdeñable, escribe en El País (05/12/2025) la profesora de la Universidad de Sevilla, Ana Carmona. La Constitución de 1978 cumple 47 años y, como es costumbre en cada aniversario, toca hacer balance existencial, comienza diciendo.Cuando ronda el medio siglo de vigencia, es preciso destacar que ya iguala en longevidad a la de 1876, que hasta ahora ocupaba el primer puesto en ese ranking. De entrada, este dato supone un éxito en sí mismo, lo que debe ponerse en valor, sobre todo al recordar el rosario de textos constitucionales que se han sucedido en nuestra historia (a partir de 1812), muchos de ellos con una efímera existencia. El referente temporal, asimismo, es especialmente meritorio si se atiende a las difíciles circunstancias que han acompañado al texto vigente. Y ello desde su origen, dado que se elaboró en un complejo contexto marcado por la decidida voluntad de desmantelar las estructuras supervivientes de la dictadura (todas) y la necesidad insoslayable de construir un nuevo sistema democrático (partiendo prácticamente de cero). Sacar adelante la Constitución no resultó en absoluto fácil y fue posible gracias al extraordinario esfuerzo de generosidad política e indiscutible compromiso institucional demostrado por quienes asumieron la tarea, los denominados “padres constitucionales” (las madres no fueron llamadas a comparecer) y sus respectivos partidos. Una actitud eminentemente constructiva y dialogante, orientada a la identificación de valores y principios compartidos, lo que exigió importantes renuncias por parte de todos. El éxito vino de la mano del consenso, ese término mítico que define la etapa fundacional de nuestra democracia y cuya plasmación —el texto constitucional— fue avalado por la inmensa mayoría de la sociedad en el referéndum de ratificación (un 88,5% de síes sobre el voto válido con una participación del 67,1%).

Las dificultades para el asentamiento y desarrollo de la Constitución, sin embargo, no desaparecieron una vez aprobada. El camino no ha estado exento de importantes adversidades, pero el edificio del 78 ha resistido. No cabe olvidar que, todavía en fase de despegue, en 1981, el recién estrenado régimen democrático recibió el zarpazo de un intento de golpe de Estado, que se frustró, lo que permitió salir adelante. Tomando como referentes las distintas previsiones constitucionales, el legislador desarrolló los derechos fundamentales y las libertades públicas de las que la ciudadanía estuvo privada durante el franquismo. Igualmente, se abordó el arduo trabajo de construcción progresiva del Estado autonómico, que dotó de amplias cotas de autogobierno a las comunidades autónomas. Los Estatutos de autonomía y los correspondientes traspasos de competencias y recursos financieros a las comunidades fueron esenciales, junto con la intensa labor interpretativa desarrollada por el Tribunal Constitucional, para concretar las numerosas indeterminaciones que sobre la organización territorial del Estado contiene el Título VIII de la Constitución. Todas ellas derivan de la consideración de la autonomía como derecho a disposición de las nacionalidades y regiones (artículo 2), manifestación palmaria de las enormes dificultades a la que se enfrentaron los constituyentes a la hora de lograr un acuerdo sobre el tema. Y como trasfondo al intenso proceso de descentralización territorial, en 1986 ingresamos en las (entonces) Comunidades Europeas, a las que se transfirieron competencias derivadas de la Constitución (artículo 93).

La potencia transformadora de ambas dinámicas resulta indudable y ha cambiado el sentido originario de distintas previsiones constitucionales. Citaré un ejemplo paradigmático: el Senado, que, a pesar de definirse como cámara de representación territorial (artículo 69.1), no cumple tal función, dado que la mayor parte de sus integrantes no son elegidos por las comunidades autónomas sino en circunscripciones provinciales. Ante la constatación del desacople existente entre esta previsión constitucional y la realidad en la que se aplica, lo idóneo habría sido activar su reforma, adecuando tanto su composición como sus funciones a las exigencias de su configuración en clave territorial. No se hizo así en este caso, como tampoco en relación con otras previsiones necesitadas de ajuste, y solo se modificó la Constitución cuando así fue demandado por las instancias europeas (en 1992 para ser adaptada al Tratado de Maastricht y en 2011 para limitar el déficit público), o para reparar la indignidad terminológica de referirse a las personas con discapacidad como “disminuidos” (2024).

Si se dejan al margen estas modificaciones puntuales, la vía de la reforma ha resultado intransitable en la práctica, y se ha convertido en una especie de tabú. Esta situación se explica por la falta de voluntad política para tomarse en serio los evidentes signos de fatiga de materiales de algunos contenidos de la Constitución como consecuencia del transcurso del tiempo (¿tiene sentido mantener la prohibición de los tribunales de honor —artículo 26— en la parte dedicada a los derechos fundamentales dotados de mayor protección?), así como por la aparición de importantes fenómenos (tecnologías digitales o globalización) desconocidos en 1978. También, a causa de la incapacidad nuevamente política de identificar unos mínimos puntos de acuerdo sobre cuestiones básicas que atañen a los fundamentos del sistema, necesitados de actualización. Al hilo de tal situación, es preciso recordar las palabras del ilustre constitucionalista alemán Konrad Hesse, quien señaló ya en 1966 que “la fuerza normativa de la Constitución se halla condicionada por la voluntad constante de los implicados en el proceso constitucional de realizar los contenidos de la Constitución. Resulta fundamental por tanto esa voluntad, la cual, a su vez, se apoya sobre el consenso básico que asegura al orden jurídico una estabilidad firme”.

No obstante, a pesar de todo lo dicho y también de lo que se ha obviado (el impacto brutal que en términos constitucionales supuso el proceso independentista catalán con la consiguiente suspensión de la autonomía en dicha comunidad, o el incumplimiento flagrante por parte de distintos gobiernos del deber de presentar el proyecto de ley de presupuestos cada año, entre otros), la Constitución resiste y sigue mostrando un grado de adhesión entre la ciudadanía en absoluto desdeñable. Así lo confirma la última Encuesta sobre tendencias sociales, publicada por el CIS en noviembre de 2024, según la cual la Constitución no solo es, con una media de 6,07 sobre 10, la institución que más confianza genera entre la ciudadanía, sino la única que supera el aprobado. Esta favorable constatación inicial se mantiene cuando el 73,1% de los encuestados manifiesta que tiene igual confianza en el texto constitucional que hace cinco años, y otro 17% afirma que se ha incrementado. En último lugar, de cara al futuro, se pregunta: “Y según sus impresiones, y tal como van las cosas, ¿piensa Ud. que dentro de cinco años tendrá Ud. más, menos o igual confianza que ahora en...?”. Por lo que atañe a la Constitución, la percepción positiva experimenta un relevante incremento, dado que, aunque un 17,6% de las personas consultadas sostienen que tendrán menos confianza en ella que en el momento presente, el 9,2% declara que será mayor y el 67,5% la mantiene en un nivel similar.

Salvando las (evidentes) distancias, los datos expuestos vienen a confirmar las impresiones que, como docente de las asignaturas de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, me transmite el alumnado en el día a día. Para estos jóvenes, la existencia de la Constitución se da por sentada: explicar la Transición se ha convertido en una lección de historia más bien remota. Sabían de su existencia, claro que sí, pero solo conocen sus contenidos ahora, en las aulas universitarias. Y, aun así, en términos generales, perciben (y a veces solo intuyen) que la Constitución sienta las bases del sistema democrático y fundamenta nuestra convivencia. A partir de ahí, las críticas son muchas y casi siempre de gran profundidad, y reclaman como ineludible acometer su renovación. Cambios sobre la base de un patrimonio constitucional común que debe preservarse. Es precisamente ahí, en la reivindicación de ese ethos todavía existente, donde la celebración festiva cobra sentido.






















DE LAS ENTRADAS DEL BLOG DE HOY, SÁBADO, 6 DE DICIEMBRE DE 2025. 47º ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

 







Hola, buenos días de nuevo a todos y feliz sábado, 6 de diciembre de 2025, 47º aniversario de la Constitución española. Si uno pudiera golpear con su puño la Tierra, ésta sonaría hueca, como cuando damos en una falsa pared, se lee en la primera de las entradas del blog de hoy, que reseña el libro Las lunas antes del aterrizaje, de Clemens J. Setz, y que viene a decir que el planeta no es una entidad completamente sólida, sino que posee un interior vaciado que podría estar habitado o contener estructuras desconocidas, que es lo que defienden los seguidores de la teoría de la Tierra hueca o tierrahuequistas. La segunda del día es un archivo del blog del 6 de diciembre de 2014, día en el se cumplían 36 de la aprobación de la Constitución de 1978 en referéndum, y en el que HArendt se negaba a dejar pasar la ocasión para ajustar algunas cuentas al respecto: sobre sus evidentes virtudes; sus también evidentes, con el paso del tiempo, defectos; la necesidad, también evidente, de reformas puntuales pero ineludibles; y sobre las falacias y mentiras que encierran muchas críticas a la misma. El poema del día, en la tercera, lleva el título de Iglesias cerradas, está escrito por la poetisa rumana Ana Blandiana, y comienza con estos versos: Iglesias cerradas/Como casas cuyos propietarios se han marchado/Sin decir por cuanto tiempo,/Y sin dejar dirección. Y la última entrada del día, como siempre, son las viñetas de humor. Volveremos a vernos mañana si la diosa Fortuna lo permite. Sean  felices, por favor. Tamaragua, amigos míos. Y como decía Sócrates: ἡμεῖς ἀπιοῦμεν. HArendt













DE LA TEORÍA DE LA TIERRA HUECA

 







Si uno pudiera golpear con su puño la Tierra, ésta sonaría hueca, como cuando damos en una falsa pared, escribe el filósofo Óscar Díaz en Revista de Libros (08/11/2025) reseñando el libro Las lunas antes del aterrizaje, de Clemens J. Setz, editado por H&O (Barcelona, 2025). El planeta no es una entidad completamente sólida, comienza diciendo, sino que posee un interior vaciado que podría estar habitado o contener estructuras desconocidas. Al menos, esto es lo que defienden los seguidores de la teoría de la Tierra hueca o tierrahuequistas, cuya hipótesis geofísica pretende engarzarse con un supuesto saber oculto que habría ido transmitiéndose desde las culturas más lejanas, sabedoras de la existencia de estos mundos intraterrenos: los griegos contaban con el Hades, los pueblos nórdicos hablaban de Svartálfaheim, pero también tenemos la conocida Agartha, los Patala hinduistas, la Comedia de Dante o, por qué no, la reciente serie de Disney+, Paradise. En el Fedón, Platón escribió que «viviendo en alguna concavidad de la tierra creemos vivir encima de ésta, y llamamos cielo al aire, como si éste fuera el cielo y los astros se movieran en él» (109d). He aquí el humus que nutre estas ideas, a partir de lo que cabría denominar, usando un sintagma de Harold Bloom, una mala lectura creativa (a creative misreading).

Esta teoría atraviesa la vida de Peter Bender, nacido en Alemania en 1893, a quien seguimos en su proselitismo por las páginas de Las lunas antes del aterrizaje, última novela de Clemens J. Setz, merecedora del Premio del Libro Austriaco 2023, y segundo de sus libros en ser vertido al español tras Las abejas y lo invisible, también publicado por H&O, y que cosechó fantásticas críticas hasta colarse en las listas de las mejores obras del 2023. Pero ¿quién fue Peter Bender? Un predicador, un ideólogo político, un piloto, un exteniente de la Primera Guerra Mundial, un místico fervoroso, un escritor, un protofeminista. Tal vez. Aunque, sobre todo, un miembro de esa constelación de personajes que poblaron el turbulento imaginario esotérico del siglo XX; su figura, tan desconocida en España, encarnó como pocas la colisión entre pseudociencia, fe visionaria y las fuerzas oscuras del totalitarismo. Después de servir en la guerra, profundamente marcado y espiritualmente quebrado, igual que tantos otros, se desencantó de la razón ilustrada y el orden establecido, buscando sentido en los márgenes: ocultismo, ciencias alternativas, saberes arcanos.

Así, abrazó una versión extrema de la teoría de la Tierra hueca, que tuvo resonancias a lo largo del período de entreguerras. A su juicio, no vivimos sobre la Tierra, sino en sus entrañas; esto es, en el interior de una esfera gigantesca, con el cielo y los astros al centro. Los primeros círculos del nacionalsocialismo se hicieron eco de ella, amigos como eran de abrazar a raudales teorías alternativas y doctrinas esotéricas. Recuérdese el surgimiento de la ariosofía, que veía en los egipcios las huellas de los últimos atlantes arios; asimismo, Hitler creyó posible dar con la ya mencionada Agartha, y eso respaldó sus incursiones en el Tíbet, hasta el punto de que encontramos monjes tibetanos en la defensa de Berlín en 1945. Por paradójico que resulte, Bender, cuya esposa era judía, fue arrestado por la Gestapo y terminó sus días en el campo de concentración de Buchenwald. El hombre que postulaba que habitamos dentro de la Tierra terminó sepultado por las fuerzas reales del fanatismo que tan a menudo cortejan estas fantasías.

En su esfuerzo por acercarnos al personaje, Clemens J. Setz ha logrado una biografía literaria o una novela biográfica ejemplar, capaz de analizar el gen conspiranoico que ha llegado a nuestros días sirviéndose del hombre Peter Bender, y esto lo emparenta generacionalmente con novelas como Los escorpiones de Sara Barquinero. Este logro viene acompañado de un estilo personalísimo y una genuina originalidad lingüística. El trabajo de Setz siempre combina lo clínico y lo lírico: puede describir con precisión quirúrgica una sensación corporal, una anomalía del comportamiento o una escena violenta, y en el párrafo siguiente lanzarse a una reflexión casi filosófica o a una digresión de internet culture. Hay algo ensayístico en su narrativa, pero siempre al servicio de lo literario. Su prosa está cargada de referencias cruzadas, listas, fragmentos documentales, recortes a veces ficticios a veces reales, y citas y palabras inventadas. Así, en esta novela transita de una prosa seca ―incluso áspera― a una maravillosa y preciosísima vena naif: Un día, a la hora de comer, la madre le habla de san Jerónimo en su celda, seguramente porque se le han ido acabando las historias y los cuentos de hadas. El chico sabe lo que son las celdas. Las ha visto en los panales, parecidas a las valvas de una cáscara de nuez. Pero ¿cómo se encogió san Jerónimo hasta caber dentro de una colmena o de una nuez? Peter sale corriendo de casa porque no le caben dentro más preguntas […].

O en este otro pasaje: Llega a casa un imán con forma de cerradura. Se pasea con él y en todas partes encuentra contacto mágico. Pero comete un error: se lo lleva al campo y lo acerca a las flores, a la tierra, a los troncos de los árboles… y todo es inmune, ¡todas las cosas! No se inclinan ni sienten sombra alguna de atracción. Qué quieto, qué falto de inteligencia y qué absurdo todo. ¡Qué engaño! Sólo funciona en casa, ¡no tiene nada que ver con el universo!

Las lunas antes del aterrizaje supone una labor de investigación encomiable (Setz buceó durante años en los archivos y, de hecho, algunas cartas, poemas o fotografías originales se encuentran en estas páginas) y demuestra una vez más la maestría narrativa de su autor al colocar en la platina del microscopio a un hombre que cabalgaba contradicciones, embebido por el Cantar de los Nibelungos, cabecilla de una teoría de la conspiración y víctima de otra, que tuvo sus pinitos en el movimiento separatista de Renania, propulsor de un nuevo concepto de relación sexoafectiva poliamorosa al que llamó «la cuadratura de los sexos», obsesionado por la huella vista por Robinson Crusoe en la playa, orador genial, narcisista, personaje de picaresca, emparentado a su entender con el Führer y con el diablo (Bender, Hitler, Luther), que veía lunas aterrizando en el planeta desde tiempos inmemoriales.

Cuando los nazis segaron la vida de Bender, aún soñaba con romper la cáscara del huevo y salir al exterior, como aquel cuento infantil en el que unas ranas viven dentro de un pozo ―ese era su mundo―, pero una de ellas logra escapar y dar una vuelta por los alrededores de la granja donde se halla. Luego, regresa y se lo explica a sus compañeras: «el mundo es más grande de lo que pensáis, no se limita a este agujero, sino que se extiende por los terrenos del granjero». Sí, el mundo es mucho más grande, pero no tanto como quieren las teorías de la conspiración. Herr Setz, con su hacer fragmentario, polifónico y profundamente obsesivo, consigue una novela que piensa por su cuenta, no una novela moralista, mostrando las costuras de aquellos que pretenden salirse de la realidad como el hombre que en el grabado Flammarion intenta sacar su cabeza fuera de la bóveda celeste.

















ARCHIVO DEL BLOG. REFLEXIONES MUY PERSONALES SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE 1978. PUBLICADO EL 6/12/2014

 







Es evidente que los aniversarios me ponen sentimental. Lo prueba el hecho incontrovertible de recientes entradas del blog, como las dedicadas a Hannah Arendt o el presidente Kennedy, por citar solo dos ejemplos. Hoy se cumplen treinta y seis años de la aprobación de la Constitución de 1978 en referéndum y no podía dejar pasar la ocasión para ajustar algunas cuentas al respecto: sobre sus evidentes virtudes; sus también evidentes, con el paso del tiempo, defectos; la necesidad, también evidente, de reformas puntuales pero ineludibles; las falacias y mentiras que encierran muchas críticas a la misma; y por último un poco de información documental, por deformación académica. Y es que la lealtad debida a la Constitución, no puede cegar nuestro entendimiento: ha llegado la hora de reformarla.

En cuanto a las virtudes de la Constitución de 1978 seré brevísimo: ha garantizado a los españoles la época más esplendorosa de su historia en cuanto a progreso social y libertades civiles y políticas; no solo la más espléndida, también la más duradera.

En cuanto a sus defectos, que el paso de los años ha dejado al descubierto, están clarísimos: un sistema electoral y partidista que no responde a las necesidades de los ciudadanos, cada vez más alejados de la política y más cabreados con sus representantes y con las propias instituciones políticas; una administración de justicia que no funciona; un régimen autonómico que hace aguas por todas partes ante el "salto hacia la nada" de los nacionalismos y el inmovilismo suicida del gobierno de la nación; un senado que no sirve absolutamente para nada ni cumple su función de representación territorial; y una corrupción galopante a todos los niveles producto del maridaje incestuoso del poder económico-financiero con el poder político. Sí, me doy cuenta de que lo dicho son manchurrones de brocha gorda, pero es que ni yo soy pintor ni esto es un tratado académico.

Soluciones posibles, también a brochazo grueso, una reforma parcial pero profunda de la Constitución, desde luego, ya, bastante más profunda que la perfilada por el dictamen del Consejo de Estado, ¡en 2006!, ahora, ya, absolutamente superada.

Es imprescindible una reforma radical del funcionamiento de los partidos, que obligue a estos, constitucionalmente, a financiarse de manera absolutamente transparente y con publicidad de sus cuentas; a dotarse de órganos de control independientes de sus ejecutivas; a celebrar elecciones primarias obligatorias para la elección de todos sus cargos internos así como de sus candidatos a los órganos representativos, a todos los niveles; y a celebrar congresos a fecha fija, donde la dirección responda de sus actividades ante los respectivos afiliados.

Es imprescindible una reforma del sistema electoral general, en la que el principio rector sea la ineludible e indelegable responsabilidad de los elegidos ante sus electores. Y para ello, sería necesario relegar el sistema electoral proporcional al olvido y establecer un sistema electoral mayoritario simple a dos vueltas, en distritos electorales uninominales. Y eso a todos los niveles: municipal, autonómico y nacional.

Es imprescindible una reforma de la administración de justicia en la que los jueces se encarguen única y exclusivamente de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, dejando la instrucción de los procedimientos a los fiscales, absolutamente independientes, en su función, de los órganos políticos. Y por supuesto, con el establecimiento del "jurado puro" (sin intervención de los jueces) como único órgano competente para determinar la culpabilidad o inocencia de los imputados en procesos penales, por corrupción, y en aquellos civiles que por su naturaleza así determinen las leyes. 

Pero también una reforma en profundidad del titulo VIII de la Constitución, en clave federal, que establezca y determine taxativamente cuales son las competencias indelegables de carácter estatal, y deje todas las demás a lo que decidan los respectivos Estatutos de Autonomía, así como los mecanismos de financiación, colaboración y cooperación de las Comunidades autónomas con el Estado, y que garantice la igualdad civil y política y los derechos reconocidos por la Constitución a todos los españoles en todo el territorio nacional y la supremacía de las leyes estatales sobre cualquier ley autonómica, y de la Constitución sobre cualquier ley.

El Senado, como cámara de representación territorial, debería estar conformado por los gobiernos de las respectivas entidades autónomas, con un número ponderado de votos para cada una de ellas en función de su población, de manera similar a como se organiza y funciona el Consejo de Ministros de la Unión Europea, y sus competencias y facultades legislativas y de cualquier otro tipo determinadas explícitamente en la Constitución.

Sobre el Tribunal Constitucional entiendo que debería limitar su función a la estricta defensa de la Constitución frente a cualquier ley o acto de gobierno contraria a la misma, y a la defensa de los derechos fundamentales establecidos en ella, una vez agotadas todas las vías procesales ordinarias. En cuanto al nombramiento de sus miembros bien podría ser por designación real (a propuesta del Gobierno, lógicamente), con la aprobación cualificada del Senado, entre juristas de reconocido prestigio, con mandato vitalicio, o hasta su renuncia voluntaria o impedimento físico apreciado por el propio Tribunal Constitucional y aceptado por el Senado.

Sobre la erradicación de la corrupción política de la vida pública está todo por hacer. Y no creo que haya recetas mágicas para solucionarla: ¿Transparencia y publicidad obligada constitucional y legalmente en todos los actos y contratos de las administraciones públicas y en su funcionamiento interno? Bien, ¿y cómo se hace eso?

Un poco de historia sobre la Constitución de 1978 y su proceso de elaboración tampoco está de más. Y para eso, nada mejor que recurrir a los documentos. Por ejemplo, el diario El País mantiene permanentemente actualizado un "dossier" especial sobre la Constitución que pueden ver en este enlace [https://elpais.com/n[oticias/constitucion-espanola/] con noticias, artículos de opinión, entrevistas y reportajes que ponen al día el estado de la cuestión. Desde estos otros enlaces [https://app.congreso.es/est_sesiones/] pueden acceder a los respectivos diarios de sesiones del Congreso de los Diputados y del Senado, de 31 de octubre de 1978, que aprobó el proyecto de Constitución, y de la sesión conjunta de ambas cámaras, de 27 de diciembre de 1978, en la que el rey sanciona solemnemente el proyecto de Constitución; y al número del Boletín Oficial del Estado, de 29 de diciembre de 1978, en el que se publica el texto de la Constitución. 

Y desde estos dos últimos enlaces pueden acceder al texto comentado, artículo por artículo, de la Constitución de 1978 y a los textos, íntegros, de todas las Constituciones, anteriores a la actual, que han estado vigentes en España, desde la 1812 a la de 1931 [https://www.congreso.es/es/cem/const1978].

Termino aludiendo de pasada a algunas de las falacias que en contra de la Constitución de 1978 se vienen repitiendo machaconamente. Algunas de una simpleza tal que caen por su propio peso. 

Primera: la Constitución fue elaborada a espaldas del pueblo español por loa continuadores del régimen franquista. Vamos con unos datos elementales: la constitución es elaborada y aprobada después de amplísimos debates por unas cámaras legislativas producto de las primeras elecciones libres celebradas en España desde 1936, tres años después de muerto el general Franco, en las que participan todos los partidos políticos libremente. Sometida a referéndum nacional obtiene 17.873.301 votos favorables (el 87,87% de los votantes, que equivalen al 67,71% del censo electoral), 1.400.505 votos en contra (el 7,89% de los votantes, que equivalen al 5,25% del censo electoral), 632.902 votos en blanco, 133.786 votos nulos. Los hechos son los hechos, como decía el camarada Lenin. 

Segunda falacia: la mayoría de los españoles que votaron la Constitución de 1978 ya no viven, y los que no pudieron votar entonces tienen derecho a votar ahora una nueva Constitución. ¿Por qué?, me pregunto yo en mi ignorancia. La Constitución de Estados Unidos es de 1789, la de Suiza de 1848, la de Nueva Zelanda de 1853, la de Canadá de 1867, y la del Reino Unido (que no tiene ni siquiera constitución) tiene su origen en una disposición real de 1215. De los veintiocho Estados de la Unión Europea catorce de ellos tienen Constituciones anteriores a 1978, una de ellas del siglo XIX (Luxemburgo). ¿Ustedes perciben especialmente cabreados a los ciudadanos vivos de esos países por no haber votado sus Constituciones vigentes? ¿Sí?... Pues yo no, la verdad, pero no vamos a discutir por eso. 

Tercera falacia: la forma monárquica del Estado ha sido impuesta, otra vez, a espaldas de los españoles. Vale. Conviene recordar que los partidos de izquierda y algunos nacionalistas propusieron en el debate parlamentario de la Constitución la forma republicana de gobierno. Perdieron la votación. Y el resultado del referéndum fue el qué fue, así que guste o no la forma monárquica de la jefatura del Estado en España es legítima, legal y constitucional y está aprobada por el pueblo español. ¿Eso convierte en ilegítima la propuesta de un Estado republicano? En absoluto: los partidos que defiendan la misma que lo propongan en sus programas electorales, obtengan representación parlamentaria suficiente para aprobarlo en las Cortes Generales y someterlo a referéndum. Y Dios (y los españoles) dirán lo que estimen oportuno, pero dejen de dar la tabarra con el tema, por favor, que resulta cansino... Porque así, y no de otra manera, es como funciona la democracia.

Cuarta falacia (adjunta a la tercera): la forma monárquica de gobierno convierte a los ciudadanos en súbditos. Bien, ¿ustedes se atreverían a decirles eso a británicos, daneses, suecos, noruegos, holandeses, belgas, luxemburgueses, canadienses, australianos, neozelandeses?... ¿Sí?, pues tienen ustedes más valor que "El Guerra" (nota: famoso torero español del primer tercio del siglo XX) y se arriesgan a que en esos países les corran a gorrazos. Pero en fin, allá cada cual...

Les dejo. En este video pueden ver y escuchar interpretada por el grupo musical Jarcha, la canción icono de aquellos no tan lejanos años finales de los 70: "Libertad sin ira" [https://www.youtube.com/watch?v=upQ3jpQw8Bc&list=RDupQ3jpQw8Bc&start_radio=1].   Un lema que no nos vendría mal recuperar, sobre todo lo de "sin ira"... Y feliz día de la Constitución. Sean felices por favor, y ahora, como también decía Sócrates, "Ιωμεν": nos vamos. Tamaragua, amigos. HArendt