martes, 13 de marzo de 2018

[PENSAMIENTO] El laberinto de la libertad (II)





Segunda entrega del profesor Arias Maldonado en Revista de Libros (la primera pueden pueden leerla si lo desean en este enlace) sobre el asunto de los límites de la libertad de expresión en las sociedades democráticas. Y promete una tercera...

La realidad puede moverse más rápido que el pensamiento, comienza diciendo el profesor Arias: si en la entrada anterior de este blog dejábamos en el aire varios interrogantes concernientes al ejercicio de la libertad de expresión en las sociedades democráticas, el tiempo transcurrido desde entonces nos ha traído nuevas noticias al respecto. Se trata de una efervescencia demostrativa de la actualidad del asunto, al menos en unas democracias occidentales sacudidas por el impacto casi simultáneo de la digitalización de las comunicaciones y los efectos de la crisis económica, entre ellos un despertar del populismo político certificado por los inquietantes resultados de las elecciones italianas del pasado domingo.

Por una parte, la Audiencia Nacional ha ratificado la condena contra el rapero Pablo Hásel por enaltecimiento del terrorismo, injurias y calumnias contra la Corona y las instituciones del Estado, por entenderse que adopta posiciones que van más allá de la protesta pacífica. Hásel, que ha reaccionado a la ratificación de su sentencia llamando «fascistas de mierda» a los jueces y anunciando que «jamás claudicará», habría traspasado esa línea en tuits en los que manifestaba su apoyo a miembros del grupo terrorista GRAPO o imputaba delitos de tortura y asesinato a las fuerzas de seguridad. Por otra, contrariamente, la tuitera Cassandra Vera ha sido absuelta por el Tribunal Supremo tras ser condenada en las instancias inferiores por enaltecimiento del terrorismo, tipo penal que se entendía contenido en sus chistes sobre el asesinato de Carrero Blanco en 1973. En este caso, la sentencia recuerda que no todo mensaje inaceptable es delictivo: lo decisivo está en los matices, que nos permiten distinguir entre mensajes que expresan animadversión o resentimiento y aquellos otros que supuran «un odio que incita a la comisión de delitos», sembrando «la semilla del enfrentamiento y erosionando los valores esenciales de la convivencia». Es un tipo de odio, este último, que los tribunales sí pueden perseguir penalmente con la legislación vigente en la mano.

Ahora bien, para que pueda aplicarse el delito de enaltecimiento del terrorismo ‒afirma el Tribunal Supremo‒, debe producirse una manifestación del discurso del odio que «propicie o aliente, aunque sea de manera indirecta, una situación de riesgo para las personas o derechos de terceros o para el propio sistema de libertades». Estaría alentándose, en otras palabras, una conducta criminal. Y ese fomento de las acciones terroristas no se produce, a ojos de los magistrados, en el caso de Cassandra Vera y sí, en cambio, en los de Pablo Hásel o el también rapero Valtonyc, cuyos versos comportarían ‒según la sentencia correspondiente‒ «una alabanza, no ya de los objetivos políticos, sino de los medios violentos empleados por las organizaciones terroristas y contienen una incitación a su reiteración». No se mide aquí cuál es la probabilidad de éxito que tendrán los versos de Valtonyc a la hora de convencer a los terroristas existentes o potenciales para que se lancen a la comisión de atentados, sino que se valora la peligrosidad de que esos mensajes se conviertan en expresiones normalizadas de la libertad de palabra. Y ello porque, tomados literalmente, suponen una incitación a la violencia.

Cuestión distinta es que quien emite esos mensajes fomente el terrorismo de manera figurada y no literal, una distinción que podría ampararse ‒al menos en el caso de los raperos‒ en el hecho de que está ejerciéndose la libertad artística. Ésta, de creer a sus practicantes, sería menos un subtipo de la libertad de expresión que una libertad superior que les permitiría ir más lejos que los demás ciudadanos en el empleo de sus potencialidades expresivas. Tal como se sugirió la semana pasada, el artista funcionaría como un visionario emancipado de constricciones en el uso de sus derechos: la libertad, y sólo la libertad, sería su signo distintivo. De tal manera que, si Marcel Duchamp hizo que un urinario fuese arte colocándolo en un museo, una frase de apoyo al GRAPO no sería una frase de apoyo al GRAPO si está incluida en una canción o, rizando el rizo, constituye el contenido de un tuit cuyo autor es un artista. Si esa misma frase hubiera sido tuiteada por un fontanero, la protección jurídica que le asiste podría verse reducida, por ser también inferior su estatuto moral. ¡Pista, que viene el artista!

Según The Economist, en línea con lo que advertía el diario El País recientemente, el aumento de las sentencias de este tipo indica que España padece un ataque de intolerancia. Los jueces, a los que atribuye exceso de celo conservador, estarían dañando la imagen de nuestra democracia ante el mundo en un momento político delicado. Pudiera ser, aunque ya vimos que los problemas que aquí se ponen sobre la mesa no pueden minusvalorarse ni resolverse mediante una genérica apelación a la primacía de la libertad de expresión: es necesario discutirlos en detalle y responder, o intentar responder, a los graves interrogantes que plantean en relación con el funcionamiento de la democracia liberal.

Ya se ha insinuado aquí: continuar aplicando el principio volteriano según el cual hemos de defender la libertad de otros de decir aquello que nos disgusta como si siguiésemos combatiendo el absolutismo monárquico quizá resulte un poco anacrónico. Diríase que, al menos en las democracias occidentales, las circunstancias han cambiado. Y la cuestión no sería tanto ganar libertades expresivas frente al Estado, cosa que, en cambio, sucede en los regímenes autoritarios y en los que experimentan regresiones iliberales, como gestionar la sobreabundancia expresiva con objeto de evitar que esta última dañe la convivencia democrática y refuerce la creciente conflictividad de unas sociedades que se nos antojan, ahora mismo, más agonistas que liberales. Eso no implica bajar la guardia ante las posibles extralimitaciones del Estado, pero no parece que se trate del principal problema de la esfera pública digital. El gran interrogante es si una sociedad democrática debe amparar cualquier uso de la libertad de expresión o, más bien, tiene que restringir algunos usos de ella para protegerse a sí misma. Pero no, claro, por integrismo democrático, sino con objeto de proteger los valores cuya realización justifica la superioridad de esta forma de organización política sobre otras: de la tolerancia a la autonomía, de la igualdad al autogobierno, sin olvidar la convivencia pacífica y el disfrute de mejores condiciones materiales de vida.

Pero, ¿es que acaso puede restringirse la libertad de expresión en nombre de la tolerancia o la autonomía personales? Claro que se puede. De hecho, la libertad de expresión no ha sido nunca absoluta, como no lo ha sido el ejercicio de casi ningún derecho: conocía ya limitaciones relativas al honor y la intimidad personales, a las que se han añadido recientemente las concernientes a las manifestaciones de odio contra grupos sociales concretos. No se trata de constricciones cuya delimitación sea siempre sencilla, ni que puedan desligarse de la evolución de las costumbres sociales: el escándalo de ayer es la rutina de hoy. Pero eso no suprime la principal dificultad que aquí se plantea cuando hablamos de proteger a la democracia de sí: la sutil distinción entre las ideas incómodas y las ideas peligrosas. La distinción no parece imposible: incómoda será aquella idea que atente contra las convicciones más o menos establecidas; peligrosa será la que socave los fundamentos del régimen democrático. O, lo que es igual, las ideas peligrosas serían aquellas que fomentan la destrucción de la democracia o el empleo de medios no democráticos para la persecución de fines políticos, mientras que las ideas incómodas desafían los valores dominantes, pero respetan el marco democrático. Sucede que el propio marco democrático ha cambiado con el tiempo, por ejemplo ampliando el rango de la participación política informal; y sucede, también, que la democracia se traicionaría a sí misma si impidiese defender la ida de que existen otros órdenes políticos concebibles. Ciertamente, no deja de apreciarse una cierta contradicción ‒acaso insalvable‒ en el hecho de que esas alternativas habrán de fructificar, llegado el caso, mediante procedimientos democráticos. Y claro, los enemigos de la democracia ‒a izquierda y derecha‒ no siempre se andan con tantos remilgos, de manera que las ideas peligrosas pueden defenderse como si fueran ideas incómodas, aprovechándose de la democracia para menoscabarla. Es lo que podríamos considerar un empleo táctico de la libertad de palabra. Algo parecido a lo que hizo Santiago Sierra, en clave mercantil, en su enésima provocación a cuenta de los llamados «presos políticos» del independentismo.

De ahí que la noción de la «democracia militante», o democracia que permanece atenta a su propia supervivencia ejerciendo la defensa activa de sus valores, no carezca de sentido. España, si atendemos a los pronunciamientos de nuestro Tribunal Constitucional, no lo es; Alemania, como veremos enseguida, sí. Y merece la pena cuestionarse si no habrá llegado el momento de que todas las democracias sean militantes en la defensa de sí mismas, no sea que, en momentos de turbulencia política, terminen por perder la vida «par délicatesse», como dice el verso de Rimbaud que cita con delectación el joven Michi Panero en El desencanto, la película de Jaime Chávarri. ¡Mejor militantes que inexistentes!

En el asunto que nos ocupa, la «militancia» de la democracia alemana ‒que elabora su Carta Fundamental en la segunda posguerra con la intención de diferenciarse del régimen nazi e impedir toda posibilidad de que algo parecido a aquello suceda otra vez‒ se muestra en la principal limitación que sufre el derecho a la libertad de palabra. Viene determinada esta última por el concepto del «Estado libre y democrático de Derecho», cuyo punto de partida es la posibilidad ‒memento Weimar‒ de que cualquier libertad, entre ellas la libertad de expresión, pueda ser empleada con el objetivo de abolir la libertad. De ahí que se conceda al gobierno la facultad de proteger los fundamentos del orden político. Tal como señala Winfried Brugger en su iluminador estudio sobre el tema, esto distingue a Alemania ‒y, en general, a la tradición continental‒ del más relativista concepto anglosajón de democracia, donde, de acuerdo con las palabras de Oliver Wendell Holmes, el famoso juez del Tribunal Supremo, las minorías podrían llegar a ser suprimidas por las mayorías:

Si, a largo plazo, las creencias expresadas en la dictadura proletaria llegan a ser aceptadas por las fuerzas dominantes de la comunidad política, el único significado de la libertad de palabra será darles su oportunidad y dejarlas prevalecer.

Algo que Alemania, allá por 1949, no tenía tan claro. La posición norteamericana, derivada de su texto constitucional, se deja ver en aquellos países donde la libertad de expresión encuentra menos restricciones, e incluso un ejercicio de la misma que incluya «discursos de odio» será generalmente aceptado; por el contrario, la posición alemana, compartida por los miembros del Consejo de Europa (incluida España) y Canadá, entre otros, considera que la libertad de expresión debe conocer algunas limitaciones, lo que incluye la protección de la dignidad e igualdad de quienes son objeto de esos discursos de odio. Nótese que, como se sugirió la semana pasada, se trata de ponderar el sentido de estas restricciones sea cual sea la orientación ideológica de las opiniones en juego, en lugar de limitarse a querer solo para nosotros la libertad que no querríamos conceder a otros. Ramón González Férriz recordaba hace poco que el pluralismo tiene que ver con la tolerancia, es decir, con la necesidad de aceptar la libre expresión de aquello que nos molesta, o entonces no es tal pluralismo. La dificultad estriba, de nuevo, en diferenciar entre lo incómodo y lo peligroso: entre lo que cabe dentro del pluralismo y lo que amenaza al pluralismo. En su contribución al número especial de la revista Prospect dedicado a las «guerras de la libertad de palabra», la activista pro-derechos humanos Afua Hirsch llamaba la atención sobre la necesidad de impedir la normalización de ciertas ideas bajo el pretexto del pluralismo democrático:

Tratar el racismo como una opinión como cualquier otra ‒como si se tratase de una visión alternativa que equilibrase el debate, no de un sistema de opresión‒ produce una suerte de amplificación cultural [de las ideas racistas].

Así es. Pero, ¿puede decirse lo mismo del nativismo que desearía restringir la inmigración por razones de pureza cultural? Seguramente no, por mucho que nos espante la propuesta. Distinguir lo incómodo de lo peligroso: he ahí una tarea permanente para las sociedades democráticas que no se despreocupan del contenido de las ideas que circulan en su interior. En caso de duda, habrá de prevalecer la libertad de palabra; dar por sentada prima facie esa prioridad, sin embargo, supone ignorar los conflictos que se producen en el interior del cuerpo democrático como efecto de la colisión entre sus valores nucleares. A pesar de los impecables principios que justifican este principio general, la salida es demasiado fácil y no se aleja tanto ‒en su espíritu‒ de la descrita cláusula de «excepción artística» que exime al artista de los deberes que rigen para el ciudadano común.

Por el contrario, es necesario enfrentarse al choque de valores y hacerlo en relación con casos concretos. Al Tribunal Constitucional alemán corresponde, así, decidir si el derecho de opinión prima sobre otros intereses constitucionales con los que puede entrar en conflicto: la dignidad y el honor, la igualdad y la protección de la infancia, la paz social y la civilidad. Ninguno de estos principios es absoluto; todos estos derechos y libertades se complementan mutuamente. Por eso, la priorización ‒que se lleva a cabo mediante una ponderación de los bienes en conflicto‒ es tan importante: son los matices de los que habla también nuestro Tribunal Supremo en la sentencia que absuelve a Cassandra Vera y que difieren de los que concurren en otros casos.

El problema es que los matices no caben en los titulares ni en los tuits. Podríamos incluso decir, parafraseando a Cesare Pavese, que los matices cansan. ¡A todos! Pero este tema, como tantos otros, no puede abordarse sin ellos: no pueden los jueces ni podemos los demás. Quien tenga la paciencia suficiente, se encontrará aquí con nuevos matices dentro de una semana, cuando trataremos de recoger los cabos que han ido quedando sueltos para bosquejar algunas conclusiones, siquiera tentativas, sobre un tema acerca del cual será, en todo caso, imposible ponerse de acuerdo.



El músico Pablo Hásel



Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt




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La verdad es una fruta que conviene cogerse muy madura (Voltaire)

[HUMOR EN CÁPSULAS] Para hoy martes, 13 de marzo





El Diccionario de la lengua española define humorismo como el modo de presentar, enjuiciar o comentar la realidad resaltando el lado cómico, risueño o ridículo de las cosas. Pero también como la actividad profesional que busca la diversión del público mediante chistes, imitaciones, parodias u otros medios. Yo no soy humorista, así que me quedo con la primera acepción.

En la medida de lo posible iré subiendo al blog cada día las viñetas de mis dibujantes favoritos en Canarias7, El Mundo, El País y La Provincia-Diario de Las Palmas. Disfruten de ellas.






Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: vámonos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt






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lunes, 12 de marzo de 2018

[PARLAMENTO] XII Legislatura de las Cortes Generales. Marzo, 2018 (II)





Las Cortes Generales representan al pueblo español y están conformadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Ambas Cámaras ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuye la Constitución. 

En los Diarios de Sesiones de las Cámaras se reflejan literalmente los debates habidos en los plenos y las comisiones respectivas y las resoluciones adoptadas en cada una de ellas. Los demás documentos parlamentarios: proyectos de ley, proposiciones de ley, interpelaciones, mociones, preguntas, y el resto de la actividad parlamentaria, se recogen en los Boletines Oficiales del Congreso de los Diputados y del Senado. 

Desde este enlace pueden acceder a toda la información parlamentaria de la presente legislatura, actualizada diariamente. Les recomiendo encarecidamente que la exploren con atención si tienen interés en ello. Y desde estos otros a las páginas oficiales de la

Casa de S.M. el Rey

Congreso de los Diputados
Senado
Presidencia del Gobierno
Tribunal Constitucional
Tribunal Supremo y Consejo General del Poder Judicial
Consejo de Estado
Boletín Oficial del Estado

Parlamento Europeo

Consejo Europeo y Consejo de la Unión Europea
Comisión Europea
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Diario Oficial de la Unión Europea

Parlamento de Canarias

Gobierno de Canarias
Cabildo de Gran Canaria
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

La actividad parlamentaria de la pasada semana ha estado centrada en las reuniones del Pleno del Senado y de varias comisiones de ambas Cámaras:

LUNES, 5 DE MARZO
I. SENADO

MARTES, 6 DE MARZO
I. CONGRESO
1. Comisión de Justicia

II. SENADO

III. SENADO

VIERNES, 9 DE MARZO
I. SENADO
1. Comisión de Investigación sobre la Financiación de los Partidos Políticos

Desde los enlaces anteriores pueden acceder a los Diarios de sesiones respectivos. Y desde estos otros a la agenda de trabajo de las Cortes Generales prevista para esta semana tanto en el Congreso como en el Senado.

Desde este enlace pueden acceder al programa que RTVE ofrece sobre la actividad parlamentaria de la semana anterior.

Y desde este otro al blog de las Cortes Generales, permanentemente actualizado, dedicado a la Conmemoración del 40º aniversario de la Constitución de 1978.







Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt




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[HUMOR EN CÁPSULAS] Para hoy lunes, 12 de marzo





El Diccionario de la lengua española define humorismo como el modo de presentar, enjuiciar o comentar la realidad resaltando el lado cómico, risueño o ridículo de las cosas. Pero también como la actividad profesional que busca la diversión del público mediante chistes, imitaciones, parodias u otros medios. Yo no soy humorista, así que me quedo con la primera acepción.

En la medida de lo posible iré subiendo al blog cada día las viñetas de mis dibujantes favoritos en Canarias7, El Mundo, El País y La Provincia-Diario de Las Palmas. Disfruten de ellas.





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domingo, 11 de marzo de 2018

[A VUELAPLUMA] Los jueces, como última esperanza





Los que sigan Desde el trópico de Cáncer con cierta continuidad saben de mi poca confianza en el sistema judicial español. Insisto: en el sistema, del que opino que a veces saldría mejor sustituirlo por el lanzamiento de una moneda al aire; no en los jueces, que no son los responsables últimos, ni mucho menos únicos, de su mal funcionamiento. El magistrado Alfonso Villagómez Cebrián escribía hace unos días un artículo en El Mundo sobre el protagonismo judicial en la persecución de la corrupción en las instancias políticas, sociales y financieras. Sé que suena a lucha quijotesca, pero estoy convencido de que se acabará ganando. Suscribo totalmente lo dicho por Villágomez. Les dejo con él.

Cuenta la leyenda, comenzaba diciendo, que Federico II de Prusia, molesto porque un molino cercano a su palacio afeaba el paisaje, envió a un emisario para que lo comprara por el doble de su valor, para posteriormente llevar a cabo su demolición. Al regresar el enviado regio con la oferta rechazada, el emperador se dirigió al molinero, duplicando la ofA.erta; y como éste volviera a declinar el ofrecimiento el monarca amenazó al campesino de que, si no aceptaba lo prometido, perdería su propiedad, pues firmaría un decreto expropiando el molino sin compensación alguna. El molinero se presentó entonces en el palacio real y entregó a Federico II una orden judicial que prohibía a la corona expropiar y demoler su propiedad solo por capricho personal. Y mientras el emperador leía en voz alta la medida cautelar, funcionarios y cortesanos temblaban imaginando la furia que desataría contra el empecinado campesino y el temerario magistrado que había osado dictar esa resolución. Pero, concluida la lectura, Federico el Grande levantó la mirada y ante el asombro de todos exclamó: «Me alegra comprobar que todavía hay jueces en Berlín».

Pues bien, esta historia nos sirve aún para explicar ese milagro del control del poder político por los jueces. Un milagro que tiene lugar todos los días en nuestros juzgados y tribunales, como expresión constitucional de la institucionalización en manos de unos órganos estructuralmente independientes de la potestad para sancionar aquellos actos y comportamientos que no se pueden tolerar en una democracia avanzada. Un control por parte de los jueces que está establecido no sólo para resarcir los posibles daños causados, sino también para incidir preventivamente sobre otros posibles comportamientos, poniendo de manifiesto ante los ciudadanos las consecuencias negativas que implican aquellas actitudes más intolerables y reprochables de sus representantes políticos. Porque, si bien los tribunales de justicia sólo pueden determinar la responsabilidad jurídica, difícilmente el político afectado por una actuación judicial va a poder esquivar esa duda que se proyectará, ya sin remedio, tanto sobre los antecedentes de una conducta sometida al escrutinio judicial como sobre las consecuencias finales de sus acciones u omisiones.

En este sentido, son paradigmáticos entre nosotros, los casos Gürtel, Bárcenas o Lezo sustanciados en los Juzgados centrales de instrucción y en la Sala penal de la Audiencia Nacional. Unas actuaciones judiciales que han supuesto, sin duda, una carga procesal sobre algunos significados protagonistas de nuestro panorama político, sin olvidar que algún rescoldo de estos casos ha llegado hasta el presidente del Gobierno. Pero, más allá de lo que finalmente se concluya en las sentencias que habrán de ser dictadas por la Audiencia Nacional, lo importante es destacar que nos encontramos ante un renovado papel de la jurisdicción en España, precisamente por la irrupción en el campo judicial de los conflictos relacionados con este maldito cáncer de la corrupción. Unos conflictos que hasta hace poco tiempo han sido completamente ajenos a nuestros tribunales y juzgados y que poco tienen que ver con el litigio entre particulares o con el enjuiciamiento de las formas tradicionales de delincuencia. Quizá algún lector recuerde que el actual presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, se refirió a nuestro Código Penal como un texto pensado para castigar a «robagallinas». Y es que, con el actual marco legislativo aunque no se puede afirmar que exista impunidad frente a la corrupción, sí que hay lentitud en la respuesta sancionadora. De ahí que haya que agilizar, dotar de mayor rapidez y eficacia, la respuesta judicial con prioridad a un aumento o innovación de las penas y las sanciones. No es cuestión de más medios -que también- sino de utilizar mejor los existentes fomentado la máxima especialización. Los problemas se agudizan porque se trata de delitos muy complejos y con gran dispersión de responsabilidades que no encuentran una respuesta adecuada en nuestras leyes procesales que eternizan las investigaciones y estrangulan los procesos. 

Una de las medidas a estudiar es que se puedan ir enjuiciando los distintos hechos delictivos por separado, dictándose sentencia según se vaya juzgando cada caso, para que el proceso gane en mucha más rapidez. Una expansión del ámbito de intervención de los tribunales de justicia que, sin duda, está alterando sustancialmente la tarea básica de la jurisdicción como garante de la conservación del orden jurídico y de reprensión de los delitos más comunes en la sociedad. Una extensión del control por los jueces que, en estos casos en los que el justiciable ocupa una legítima posición de poder, ganada incluso en unas elecciones, ha de convivir con el cierre de filas por parte del entorno de influencias del político, con la incomprensión generalizada, y, en algunos caso, con la hostil oposición a la actuación judicial. Una tentación suicida -que quizá por eso mismo- se ha ido corrigiendo en estos últimos años incluso con la aparición de códigos internos de los partidos que indican el momento procesal en que ha de renunciar al cargo el miembro del partido que se vea judicialmente implicado. Quizá nuestros políticos hayan comprendido de una vez la tensión inevitable entre la búsqueda de la verdad judicial y el principio de asunción de responsabilidades políticas. La posición por defecto de un político es la mentira, y la del juez de instrucción es buscar la verdad, caiga quien caiga. Porque, recordando a Nicolás Gómez Dávila, ese Nietzsche colombiano, mientras que hay 1.000 verdades, el error sólo es uno. 



Fachada del Tribunal Supremo de Justicia, Madrid, España



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[TRIBUNA DE PRENSA] Lo mejor de la semana. Marzo, 2018 (II)





Dicen que elegir es descartar. Estoy de acuerdo, y asumo la responsabilidad que me quepa por mi elección. Aquí les dejo los Tribuna de prensa que durante la pasada semana he ido subiendo a Desde el trópico de Cáncer. Tres, como máximo, cada día. Como dijo Hannah Arendt espero que les inviten a pensar para comprender y comprender para actuar. La vida, a fin de cuentas, no va de otra cosa que de eso. Se los recomiendo encarecidamente. Creo que merecen la pena. Son estos:



DOMINGO, 4 DE MARZO
Prioridades democráticas, por Manuel Arias Maldonado
El oficio de entrevistar, por Fernando Aramburu
De carnes rojas y redes sociales, por Yoani Sánchez

LUNES, 5 DE MARZO
La cuarta ola, por Máriam Martínez-Bascuñán
Huelga, por Almudena Grandes
Invitación, por Ana Merino

MARTES, 6 DE MARZO
Camino a Roma, por Víctor Lapuente
¿Por qué?, por Félix de Azúa
No nacemos víctimas, por Teresa Giménez, Elvira Roca (e.a.)

MIÉRCOLES, 7 DE MARZO
Alzar la voz y las manos, por Sandra León
Crucificadas, por Leila Guerriero
Iglesia y feminismo, por Antonio Elorza

JUEVES, 8 DE MARZO
La huelga ha triunfado antes de comenzar, por Rubén Amón
Mujeres en blanco, por José Ignacio Torreblanca
Noether, por Javier Sampedro

VIERNES, 9 DE MARZO
Mudanzas del yihadismo en España, por C. García Calvo y F. Reinares
La virtud no existe, por Antonio Escohotado
Vivir con el enemigo, por Fernando Vallespín

SÁBADO, 10 DE MARZO
Celebración, por Manuel Arias Maldonado
La papelera (o basurero) de la Historia, por Patxo Unzueta
Imbéciles, por Fernando Savater

Y desde los enlaces de más abajo pueden acceder a algunos de los diarios y revistas más relevantes de España y del mundo, actualizados continuamente. Espero que los disfruten:

The Washington Post (EUA)
El País (España)
Le Monde (Francia)
The New York Times (EUA)
The Times (Gran Bretaña)
Le Nouvel Observateur (Francia)
Chicago Tribune (EUA)
El Mundo (España)
La Vanguardia (España)
Los Angeles Times (EUA)
Canarias7 (España)
El Universal (México)
Clarín (Argentina)
L'Osservatore Romano (Vaticano)
La Voz de Galicia (España)
NRC (Países Bajos)
La Stampa (Italia)
Frankfurter Allgemeine Zeitung (Alemania)
Le Figaro (Francia)
Tages Anzeiger (Suiza)
Komsomolskaya Pravda (Rusia)
Excelsior (México)
Die Welt (Alemania)
El Nuevo Herald (EUA)
Revista de Libros (España)
Letras Libres (España)
Claves de Razón Práctica (España)
Cuadernos para el diálogo (España)
Litoral (España)
Jot Down (España)
Real Instituto Elcano (España)
Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (España)
Der Spiegel (Alemania)
The New Yorker (EUA)
Política Exterior (España)
Cidob (España)
Concilium (España)
Le Monde Diplomatique (Francia)
Le Nouvel Afrique (Bélgica)
Time (EUA)
Life (EUA)
Revista Española de Ciencia Política (España)
Cambio16 (España)
Jeune Afrique (Francia)
Tiempo (España)
Historia y Política (España)
Newsweek (Estados Unidos)
Nature (Estados Unidos)
Historia National Geographic (España)
Paris Match (Francia)
Instituto Nacional de Estadística (España)

España en el mundo

365 días en alertas
2017, el año del desencuentro
Las mejores fotografías de 2017
Lo que pensamos de Europa
Las mejores fotografías científicas del año

Y como siempre, para terminar, las mejores fotos de la semana.






Activista (Buenos Aires, Argentina)



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HArendt






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