miércoles, 6 de septiembre de 2017

[Humor en cápsulas] Para hoy miércoles, 6 de septiembre de 2016





El Diccionario de la lengua española define humorismo como el modo de presentar, enjuiciar o comentar la realidad resaltando el lado cómico, risueño o ridículo de las cosas. Pero también como la actividad profesional que busca la diversión del público mediante chistes, imitaciones, parodias u otros medios. Yo no soy humorista, así que me quedo con la primera acepción, y en la medida de lo posible iré subiendo al blog cada día las viñetas de mis dibujantes favoritos. Las de hoy con Morgan en Canarias7; Gallego y Rey y Ricardo en El Mundo; Forges, Peridis, Ros, El Roto y Sciammarella  en El País; y Montecruz y Padylla en La Provincia-Diario de Las Palmas. Disfruten de ellas.




Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt




HArendt






Entrada núm. 3800
elblogdeharendt@gmail.com
La verdad es una fruta que conviene cogerse muy madura (Voltaire)

martes, 5 de septiembre de 2017

[A vuelapluma] Las raíces de la violencia





Las raíces de la violencia en las agresiones de género, el terrorismo supremacista y los ataques yihadistas son un problema cultural y estructural. En el fondo laten las relaciones de poder que separan a hombres y mujeres, a blancos y negros, y a occidentales y musulmanes, dice en un reciente artículo en El País el profesor Enrique Gil Calvo, catedrático de Sociología de la Universidad Complutense de Madrid.

Ahora está casi olvidado porque la onda expansiva del atentado de Barcelona ha tapado cualquier acontecimiento anterior, comienza diciendo. Pero este mismo verano se han sucedido varios fenómenos relativos a la violencia íntimamente asociados. El precedente inmediato fue el atentado de Charlottesville, cuyo asesino empleó idéntico modus operandi que el perpetrado en las Ramblas. Y no era un yihadista musulmán sino un cristiano supremacista blanco. Aquello desató un vendaval mediático provocado por la increíble tolerancia mostrada por Trump. Pero aunque a menor escala local, otro parecido escándalo se produjo en España una semana antes, cuando el presidente canario Fernando Clavijo declaró, al hilo del enésimo feminicidio, que “la violencia machista es un problema de personas individuales”. Pues bien, al margen de la utilización política de esos crímenes por parte de las autoridades, ya sean los gobiernos español y catalán o los presidentes estadounidense y canario, aquí destacaré el hilo conductor de naturaleza sistémica o estructural que vincula entre sí a los tres tipos de terrorismo machista, racista o yihadista.

Lo más corriente es atribuir su causa al fanatismo cultural o al perfil psicológico de autores o víctimas, prescindiendo de otros factores sociales más profundos, entre los que destaca un elemento casi siempre olvidado, como son las relaciones subyacentes de poder. Lo cual equivale a poner la carreta delante de los bueyes, invirtiendo la relación entre causas y consecuencias. Pues estos crímenes no deben explicarse tan solo por los factores individuales o culturales que manifiestan sino por sus raíces estructurales o sistémicas. La causa determinante en última instancia es siempre la insuperable fractura derivada de la desigualdad estructural, en términos de relaciones de poder, que separa a hombres y mujeres, a blancos y negros (o morenos) y a occidentales y musulmanes, por los cuales estos (mujeres, negros y moros) están dominados por aquellos (hombres blancos occidentales).

Analicemos el caso de la pandemia feminicida. Para Clavijo, los crímenes misóginos no tienen causas sociales pues sólo serían una fortuita coincidencia de casos singulares desconectados entre sí. Ahora bien, si esta errónea presunción resulta preocupante es porque inspira no sólo a ciertos cargos públicos como el citado sino a las demás instituciones encargadas de perseguir la violencia criminal. Así ocurre con el Ministerio del Interior, que ha patrocinado oficialmente una macroinvestigación universitaria sobre la violencia de género dirigida por catedráticos masculinos de criminología que sólo utilizan el individualismo metodológico como perspectiva investigadora. Y este reduccionismo criminológico no sólo es ineficaz para explicar la prevalencia de las epidemias sociales sino que además contradice la filosofía sistémica que inspira la vigente Ley contra la Violencia de Género de 2004, expresamente confirmada por el Tribunal Constitucional.

Pero en el caso de la violencia supremacista o yihadista ocurre lo mismo. Los asesinos matan como agentes individuales y lo hacen movidos por razones personales, como no podía ser de otro modo. Es decir, que quien mata no es la misoginia, la xenofobia ni el islam sino los machistas, los racistas, los misóginos. Pero para explicar las causas y la prevalencia de sus crímenes hay que elevarse por encima del reduccionismo individual, buscando factores sociales más amplios. La violencia de género y el terrorismo supremacista o yihadista son un problema no sólo individual sino además cultural y estructural. Por tanto, para contenerla no basta con procesar y tratar a sus agentes individuales, los machistas xenófobos y fanáticos. Eso es condición necesaria pero no suficiente, pues además hace falta intervenir sobre la realidad social, combatiendo tanto los prejuicios culturales como sobre todo la injusta desigualdad institucional.

Si racistas y misóginos matan es en defensa de su propia supremacía que creen amenazada por la progresiva emancipación de las mujeres o las minorías raciales sometidas a su poder. Los hombres acosan, maltratan, violan y matan porque pueden y se creen con derecho a ello, ya que ocupan posiciones revestidas de poder sobre mujeres y migrantes. Víctimas estas que a su vez son acosadas, excluidas, maltratadas, violadas y asesinadas porque no tienen más alternativa que adaptarse a un sistema que las discrimina y las segrega, asignándolas a posiciones inferiores sometidas al poder institucional de los hombres que las rodean. Y en el caso del yihadismo ocurre lo mismo pero a la inversa, pues los muyahidines atentan, masacran y se suicidan para dar testimonio de la barrera excluyente que los segrega y discrimina, en contra de los sagrados valores de libertad igualdad y fraternidad que los occidentales profesamos de boquilla pero contradecimos en la práctica, al mantener y reforzar esas barreras del apartheid supremacista occidental encargado a nuestras instituciones (la doble red público/privada escolar, sanitaria y laboral) o a sus élites neocoloniales subalternas (las monarquías feudales y las dictaduras militares a nuestro servicio) que nos protegen de su presunta amenaza.

Por eso de poco sirve la judicialización individual del problema mientras no se toquen las causas estructurales e institucionales que lo hacen posible. Esa es la razón principal que explica el fracaso de la ley de Violencia de Género de 2004, que si bien en su preámbulo reconoce que se trata de un problema sistémico y estructural, sin embargo en su tratamiento lo reduce a un enfoque judicial y criminológico. Un encuadre individualizador condicionado además a la previa denuncia de las víctimas, lo que en la práctica implica responsabilizarlas de su propia victimación. Y esto, unido a la exclusiva tipificación de los crímenes de pareja (el uxoricidio) como la única violencia de género reconocida, dejando fuera de la ley a todas las demás formas de agresión contra la mujer (acoso, violación, trata, prostitución, etc.), determinó el frustrante desarrollo de la ley. Menos mal que ahora se ha logrado un cierto consenso en torno a la necesidad de reformarla, dando lugar al reciente Pacto de Estado aprobado en el Congreso.

Pero no sin problemas, incluidos los semánticos. Ante todo, se perpetúa la discriminación entre dos formas de violencia contra la mujer, según haya relación de pareja, o no, entre víctima y perpetrador. Contra esta injusta discriminación resulta urgente ampliar el tipo penal para que proteja no sólo a las mujeres privatizadas, propiedad de sus parejas actuales o pasadas, sino también a las mujeres libres y emancipadas sin emparejar, a las que la ley actual ignora dejándolas a su suerte. Y además hay que mantener el concepto de violencia de género frente al eufemismo de violencia machista, para subrayar que estamos ante un problema no tanto cultural como estructural. Pues lo que mata no es el machismo (como tampoco mata el racismo o el islam) sino el género: es decir, la exclusión por sistema de la mujer (o del moro, el negro o el moreno) por el simple hecho de serlo, concluye diciendo.



Dibujo de Eva Vázquez para El País


Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt



HArendt





Entrada núm. 3799
elblogdeharendt@gmail.com
La verdad es una fruta que conviene cogerse muy madura (Voltaire)

[Un clásico de vez en cuando] Hoy, con "Los siete contra Tebas", de Esquilo






En la mitología griega, Melpómene (en griego Μελπομένη "La melodiosa") es una de las dos Musas del teatro. Inicialmente era la Musa del Canto, de la armonía musical, pero pasó a ser la Musa de la Tragedia como es actualmente reconocida. Melpómene era hija de Zeus y Mnemósine. Asociada a Dioniso, inspira la tragedia, se la representa ricamente vestida, grave el continente y severa la mirada, generalmente lleva en la mano una máscara trágica como su principal atributo, en otras ocasiones empuña un cetro o una corona de pámpanos, o bien un puñal ensangrentado. Va coronada con una diadema y está calzada de coturnos. También se la representa apoyada sobre una maza para indicar que la tragedia es un arte muy difícil que exige un genio privilegiado y una imaginación vigorosa. Un mito cuenta que Melpómene tenía todas las riquezas que podía tener una mujer, la belleza, el dinero, los hombres, solo que teniéndolo todo no podía ser feliz, es lo que lleva al verdadero drama de la vida, tener todo no es suficiente para ser feliz.

Les pido disculpas por mi insistencia en mencionar a los clásicos, de manera especial a los griegos, y de traerlos a colación a menudo. Me gusta decir que casi todo lo importante que se ha escrito o dicho después de ellos es una mera paráfrasis de lo que ellos dijeron mucho mejor. Con toda seguridad es exagerado por mi parte, pero es así como lo siento. Deformación profesional como estudioso de la Historia y amante apasionado de una época y unos hombres que pusieron los cimientos de eso que llamamos Occidente.

Continúo la sección de Un clásico de vez en cuando trayendo hoy al blog la tragedia de Esquilo titulada Los siete contra TebasPueden leerla en el enlace inmediatamente anterior, y  ver si lo desean, desde este otro enlace o al final de la entrada, un vídeo con la presentación de la obra por el grupo de teatro venezolano Prosopon et Ius. 

Esquilo (525-456 a.C.) fue predecesor de Sófocles y Eurípides, y está considerado como el primer gran representante de la tragedia griega. Nació en Eleusis, Ática, lugar en el que se celebraban los misterios de Eleusis. Pertenecía a una noble y rica familia de terratenientes. En su juventud fue testigo del fin de la tiranía de los Pisistrátidas en Atenas. Fue uno de los «Maratonómaco»; luchó en las guerras contra los persas y en las batallas de Maratón, Salamina y Platea. Algunas de sus obras, como Los persas o Los siete contra Tebas, son producto de sus experiencias de guerra. Fue también testigo del desarrollo de la democracia ateniense. En Las suplicantes (463 a. C.), puede detectarse la primera referencia que se hace acerca del poder del pueblo, y la representación de la creación del Areópago, tribunal encargado de juzgar a los homicidas. En Las euménides, poya la reforma de Efialtes y la transferencia de los poderes políticos del Areópago al Consejo de los Quinientos.

De la importancia de su obra da fe el hecho de que se permitiera que fueran representadas en el agón («certamen») en los años posteriores a su muerte, junto a las de los dramaturgos vivos. Sólo se conservan siete piezas, seis de ellas premiadas, y fragmentos de otras tantas.

Esquilo compuso la obra hacia el año 467 a. C., obteniendo con ella el primer puesto en la Fiesta de las Dionisias de aquel año. Formaba parte de una tetralogía compuesta por las tragedias Layo y Edipo, y el drama satírico Esfinge, todas ellas perdidas.

La acción se desarrolla dentro de la ciudad de Tebas durante el asedio del ejército argivo a la ciudad, a causa de la negativa de Eteocles de ceder su turno para reinar en la ciudad que había pactado con su hermano Polinices, a los que su padre, Edipo, había maldecido. Un mensajero informa a Eteocles de que los siete caudillos argivos se han juramentado para destruir la ciudad o morir en el intento, echando a suertes la puerta de Tebas que cada uno atacaría. Polinices será el que ataque la séptima puerta y pide a gritos poder luchar contra su propio hermano para matarlo o desterrarlo tras vencerlo. Eteocles decide enfrentarse personalmente a su hermano. Tras la batalla, que han ganado los tebanos, Eteocles y Polinices han perecido en el combate, dándose muerte mutuamente. Los magistrados tebanos ordenan que Eteocles sea enterrado con los debidos ritos, pero que a Polinices debe dejársele insepulto y sin honores, a lo que Antígona, hermana de ambos, manifiesta su propósito de desobedecer la orden y dar también sepultura a Polinices.






Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt



HArendt






Entrada núm. 3798
elblogdeharendt@gmail.com
La verdad es una fruta que conviene cogerse muy madura (Voltaire)

[Humor en cápsulas] Para hoy martes, 5 de septiembre de 2017





El Diccionario de la lengua española define humorismo como el modo de presentar, enjuiciar o comentar la realidad resaltando el lado cómico, risueño o ridículo de las cosas. Pero también como la actividad profesional que busca la diversión del público mediante chistes, imitaciones, parodias u otros medios. Yo no soy humorista, así que me quedo con la primera acepción, y en la medida de lo posible iré subiendo al blog cada día las viñetas de mis dibujantes favoritos. Las de hoy con Morgan en Canarias7; Gallego y Rey y Ricardo en El Mundo; Forges, Peridis, Ros, El Roto y Sciammarella en El País; y Montecruz y Padylla en La Provincia-Diario de Las Palmas. Disfruten de ellas. 




Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt




HArendt






Entrada núm. 3797
elblogdeharendt@gmail.com
La verdad es una fruta que conviene cogerse muy madura (Voltaire)

lunes, 4 de septiembre de 2017

[A vuelapluma] Completar la democracia





En todos los Estados democráticos hay instituciones —desde tribunales hasta bancos centrales— que no rinden cuentas directamente a los votantes o representantes electos. Son imparciales, defienden determinado bien común y completan la democracia. Quien así se expresa es el profesor Daniel Innerarity, catedrático de Filosofía Política e investigador Ikerbasque en la Universidad del País Vasco, y referente asiduo en Desde el trópico de Cáncer. Su último libro, La democracia en Europa (Galaxia-Gutenberg, Barcelona, 2017), terminé de leerlo hace unos días y se lo recomiendo encarecidamente. 

Las elecciones son demasiado poco para unos y demasiado para otros, comienza diciendo Innerarity. Unos insisten en recordarnos los errores de los votantes (Surowiecki) y otros subrayan las limitaciones de los procesos electorales para determinar y hacer valer la voluntad popular (Van Reybroucke). Para los primeros, las elecciones representan demasiado bien lo que quieren los electores y para otros demasiado mal; la principal preocupación es, en el primer caso, el populismo, y en el segundo, la crisis de la democracia representativa. Unos consagran el orden constitucional o la legalidad vigente como algo que en ningún caso puede ser socialmente verificado; otros apelan a la voluntad de los militantes, a las consultas o defienden la tesis de la “absolución electoral” para los corruptos.

Algo está pasando en nuestros sistemas políticos cuando la inminencia de una cita electoral es vista como una amenaza (o la ausencia de elecciones inmediatas se celebra como una oportunidad para llevar a cabo ciertas políticas) o, en el caso opuesto, se tiene una concepción descontextualizada e irrefutable de la voluntad popular, es decir, sin contrapesos, marco legal, información suficiente, espacio para la deliberación o protección de las minorías.

Lo complicado del asunto es que todos tienen algo de razón. Se trataría, por tanto, de compaginar ambas posiciones, de completar la democracia, que no es una mera legalidad constitucional, pero tampoco una serie de big bangs constituyentes, que no puede prescindir del electorado, pero que no debe ser solo democracia electoral. No se pueden suprimir las instituciones de la democracia electoral sin dañar la democracia, pero se la puede y debe completar con otro tipo de instituciones que defienden valores igualmente necesarios para la calidad de la vida democrática.

En todos los Estados democráticos hay previsiones constitucionales o cuasiconstitucionales que limitan el poder del demos y configuran una serie de instituciones que no representan tanto a las personas sino a ciertos valores o bienes públicos. Representan de algún modo la imparcialidad y defienden determinado bien común al margen e incluso por encima de los electores actuales. Una característica de la gobernanza de todas las democracias contemporáneas es la delegación de poderes significativos en instituciones que no rinden cuentas directamente ante los votantes o los representantes electos: tribunales, bancos centrales independientes, autoridades regulatorias de supervisión y regulación, comisiones de la competencia y tribunales de cuentas se hacen cargo cada vez de más ámbitos de la vida política y económica. Hay un desplazamiento del poder hacia lugares menos sometidos al escrutinio y control públicos, y esa derivación no siempre está motivada por intenciones perversas sino también por necesidades funcionales que es necesario entender y legitimar.

¿Cómo se justifica la existencia de tales instituciones? De entrada, hay una justificación funcional. Existe un amplio consenso en torno a la convicción de que, por ejemplo, el control de las normas y la política monetaria o crediticia son mejor desempeñados por los tribunales constitucionales y los bancos centrales que por los parlamentos. Imaginemos las consecuencias desastrosas que tendría la asunción de estas tareas por los parlamentos. De ahí que la delegación de estos momentos de soberanía no debilite sino que fortalezca la democracia, si es que por democracia entendemos no solo la formalidad de quién toma las decisiones sino la capacidad de proporcionar determinados bienes públicos.

No está de moda defender las instituciones técnicas, pero conviene recordar la función que ejercen en una democracia. En una entrevista publicada por Süddeutsche Zeitung, el director general de la oficina estadística de la UE, Walter Rademacher, explicaba la responsabilidad de los Estados miembros al dar por buenas las cuentas de Grecia para su ingreso en la moneda única cuando todos tenían serias dudas acerca de la fiabilidad de las informaciones proporcionadas por el Gobierno griego. Por esta razón el Eurostat pidió más poderes de control pero los Estados miembros se opusieron a ello. En aquel caso, los técnicos tenía razón frente a quienes representaban a sus electorados.

Un segundo tipo de legitimidad de esta delegación en instituciones independientes del ciclo electoral procede de la justificación por el largo plazo. Uno de los problemas de las actuales democracias es su inconsistencia temporal, el hecho de que sacrifiquen los proyectos de largo alcance ante el altar de los beneficios electorales inmediatos. Todo lo que tiene que ver con la protección de las minorías, la justicia intergeneracional o ciertos compromisos medioambientales (es decir, con los intereses que por definición están escasamente presentes en nuestros procedimientos de decisión) requieren algún tipo de justificación que no depende de la voluntad de los electorados realmente existentes.

Este tipo de bienes solo pueden protegerse cuando una parte de la soberanía es transferida a un nivel menos “electoralmente democrático” y son adoptadas por instituciones más inmunes a las presiones inmediatas. Las instituciones europeas fueron creadas en parte para gestionar este tipo de externalidades intratables por procedimientos democráticos. Algunas de las acusaciones de tecnocracia o déficit democrático tienen que ver con esta circunstancia; no con que no sean suficientemente democráticas sino con que no son electoralmente democráticas. Los costes de una institución no democrática (o mejor: no electoral o mayoritariamente democrática) tienen que ser sopesados con los beneficios de salvaguardar ciertos bienes colectivos. Pensar de este modo no equivale a derogar la democracia sino más bien defenderla frente a su debilidad. Todo ello no es incompatible con ciertas reformas que deben asegurar sus procedimientos para hacerlas más democráticas, por ejemplo, más representativas (pensemos en la escandalosa infrarrepresentación de las mujeres en el Banco Central Europeo) o reformulando su independencia, siempre y cuando se lleven a cabo sin comprometer su naturaleza.

Podríamos concluir afirmando que estas instituciones deben entenderse como un constitucionalismo democráticamente configurado y no como una democracia constitucionalmente restringida. Serían democráticamente inaceptables si fueran modos de impedir el poder del pueblo y no un modo de canalizarlo adecuadamente o si estuvieran configuradas de tal manera que se encontraran absolutamente fuera del alcance de la discusión pública y la reforma.



Dibujo de Eduardo Estrada para El País



Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt



HArendt






Entrada núm. 3796
elblogdeharendt@gmail.com
La verdad es una fruta que conviene cogerse muy madura (Voltaire)

[Política] XII Legislatura de las Cortes Generales. Septiembre, 2017 (I)





Las Cortes Generales representan al pueblo español y están conformadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Ambas Cámaras ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuye la Constitución. 

En los Diarios de Sesiones de las Cámaras se reflejan literalmente los debates habidos en los plenos y las comisiones respectivas y las resoluciones adoptadas en cada una de ellas. Los demás documentos parlamentarios: proyectos de ley, proposiciones de ley, interpelaciones, mociones, preguntas, y el resto de la actividad parlamentaria, se recogen en los Boletines Oficiales del Congreso de los Diputados y del Senado. 

Desde este enlace pueden acceder a toda la información parlamentaria de la presente legislatura, actualizada diariamente. Les recomiendo encarecidamente que la exploren con atención si tienen interés en ello. Y desde estos otros a las páginas oficiales de la

Casa de S.M. el Rey

Congreso de los Diputados
Senado
Presidencia del Gobierno
Tribunal Constitucional
Tribunal Supremo y Consejo General del Poder Judicial
Consejo de Estado
Boletín Oficial del Estado

Parlamento Europeo

Consejo Europeo y Consejo de la Unión Europea
Comisión Europea
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Diario Oficial de la Unión Europea

Parlamento de Canarias

Gobierno de Canarias
Cabildo de Gran Canaria
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Se reinicia poco a poco la actividad parlamentaria oficial con las reuniones extraordinarias celebradas la pasada semana por las comisiones de Defensa, Empleo y Seguridad Social, Fomento,  Hacienda y Función Pública, Justicia, y del Pleno del Congreso de los Diputados, con la intervención del presidente de gobierno. Desde los enlaces anteriores (en rojo) pueden acceder a los Diarios de sesiones respectivos.

Y esta es la agenda de trabajo prevista para esta semana en el Congreso de los Diputados y en el Senado.

Continúo una semana más con los documentos que relatan la historia del parlamentarismo español gracias a la publicación de "Papeles para la Historia" en la página electrónica del Congreso de los Diputados, que tiene como objetivo acercar a los ciudadanos la historia parlamentaria aprovechando la digitalización de los fondos del archivo de la Cámara que se ha realizado en estos últimos años.

El periodo que abarca esta historia parlamentaria desde 1810 a 1977 se ha dividido en ocho etapas formadas a su vez por las diferentes elecciones y las legislaturas comprendidas entre una elección y otra.

Los periodos desarrollado son:

I. Cortes de Cádiz 1810-1814.
II. Trienio Liberal 1820-1823.
III. Regencias y Reinado de Isabel II 1833-1868, subdividido en la 
III. 1. Regencia de María Cristina de Borbón, 1833-1840.
III. 2. Regencia del General Baldomero Espartero, 1840-1843.
III. 3. Década Moderada,1844-1854.
III. 4. Bienio Progresista, 1854-1856.
III. 5. Crisis del Moderantismo, 1856-1868.
IV. Sexenio Revolucionario, 1868-1874, con: 
IV. 1.Gobierno Provisional-Regencia del General Serrano y Gobierno de Prim.
IV. 2. Reinado de Amadeo I 
IV. 3. Primera República.
V. Restauración, 1874-1923, con:
V. 1. Reinado de Alfonso XII, 1874-1885.
V. 2. Regencia de María Cristina de Habsburgo-Lorena, 1885-1902.
V. 3. Reinado de Alfonso XIII, 1902-1923 
VI. Dictadura de Primo de Rivera, 1923-1930, con:
VI. 1. Asamblea Nacional, 1927-1929. 
VII. Segunda República Española, 1931-1939.
VIII. Franquismo. Cortes Españolas, 1943 -1977

Cada uno de estos periodos va introducido por un breve resumen histórico reseñando los hechos más relevantes de esos años. En el texto se muestran distintos enlaces a imágenes o documentos que pretenden ilustrar y testimoniar la historia política y parlamentaria dando además a conocer el patrimonio documental y bibliográfico del Congreso de los Diputados.

Además en cada periodo aparecen bajo la elección correspondiente los datos relativos a cada una de las legislaturas, así como el resumen o reseña, según los casos, que se publicaba al final de los índices del Diario de Sesiones. Y a continuación se enumeran los presidentes de la cámara, durante cada una de las legislaturas con un enlace al apartado referente a los mismos en la página institucional.

Continúo hoy la historia del parlamento español subiendo al blog los documentos relacionados con la regencia de María Cristina de Borbón, entre 1833 y 1840. 

María Cristina de Borbón, cuarta mujer de Fernando VII, ocupa la Regencia de 1833 a 1840, tras la muerte de su marido. El 4 de octubre de 1833, María Cristina presenta un manifiesto político. Se publican los Reales Decretos de 4 de enero y 16 de febrero de 1834 sobre libertad de imprenta y organización de la Milicia Nacional.

Durante este periodo se celebraron seis procesos electorales: 1834, 1836 (febrero, julio y octubre), 1837 y 1839.

Elecciones 30 junio 1834
Elecciones 26 febrero 1836
Elecciones 13 julio 1836
Elecciones 2 octubre 1836
Elecciones 22 septiembre 1837
Elecciones 24 julio 1839

La aportación fundamental de Francisco Martínez de la Rosa al frente del gabinete, en la transición al nuevo liberalismo, es el Estatuto Real (16 de abril de 1834), que venía a sustituir a la Constitución gaditana. El Estatuto ha sido llamado Constitución Otorgada por algunos historiadores.

El Estatuto Real está estructurado en cinco títulos y cincuenta artículos: establece la reunión de las Cortes en dos Cámaras. El Estamento de Próceres (actual Senado) y el Estamento de Procuradores (actual Congreso de los Diputados). Los reales decretos de 20 de mayo de 1834 y de 24 de mayo de 1836 regulan la elección de procuradores a las Cortes Generales del Reino. El Estatuto Real no convence a conservadores ni a liberales. Martínez de la Rosa se debe enfrentar además al problema de la guerra carlista.

José María Queipo de Llano, conde de Toreno, es otro de los liberales que desde la jefatura del gobierno colabora en la transición hacia el liberalismo, pero, impotente frente a los desórdenes públicos que se suceden, es sustituido por Mendizábal. Juan Álvarez Mendizábal pasará a la historia como presidente del Consejo de Ministros por la desamortización de los bienes eclesiásticos mediante los decretos de supresión de los conventos de menos de doce religiosos y disolución de  las órdenes religiosas, salvo las hospitalarias. (Poder del Procurador José María Queipo de Llano Ruiz de Saravia, conde de Toreno y busto en mármol de Juan Álvarez de Mendizábal por José Grágera y Herboso, 1868 en el Salón de Conferencias).

En el discurso que Mendizábal prepara a la Reina Gobernadora para la apertura de las Cortes el 16 de noviembre de 1835 se proponen a los procuradores tres proyectos de ley: la institucionalización de la prensa libre, la responsabilidad ministerial y la reforma electoral. En julio de 1837 se aprueba esta nueva ley electoral, que abre un gran debate entre los partidarios del sufragio indirecto y los que quieren introducir el sufragio directo.

Por Real Decreto de 24 de mayo de 1836 se convocan nuevas Cortes, que no se llegan a reunir por los sucesos ocurridos en La Granja (Segovia), el Pronunciamiento de los sargentos ante la Reina Regente que obliga  a restaurar la Constitución de 1812.

Las Cortes constituyentes de 1836-1837 aprueban una nueva Constitución el 18 de junio de 1837 y la Reina Gobernadora jura la misma acompañada de su hija Isabel en el Convento del Espíritu Santo, habilitado como sede de las Cortes. En la comisión designada para presentar el proyecto de Constitución estaban Argüelles, Ferrer y Olózaga. Esta Constitución ha sido considerada siempre un código transaccionista, con concesiones por parte de los progresistas y de los moderados. Establece dos Cámaras, que se denominan ya Senado y Congreso de los Diputados.

El 24 de febrero de 1837, la Comisión de Constitución presenta el proyecto de Reglamento para el Gobierno Interior de los cuerpos colegisladores, en la parte común a ambos. Aprobada la Constitución de 1837, la Reina Gobernadora disuelve las Cortes constituyentes. Las legislaturas 1837-1838, 1838 y 1839 cierran esta primera Regencia.

Durante las Cortes de la Regencia de María Cristina se aprueban dos reglamentos: el  15 de julio de 1834 el de Régimen y Gobierno del Estamento de procuradores a Cortes, y el 14 de febrero de 1838 el Reglamento del Congreso de los Diputados.

La Reina Regente pronuncia su último discurso el 1 de septiembre de 1839 en la sesión de apertura de estas Cortes. Finaliza la legislatura el 18 de noviembre de ese mismo año.





Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt



HArendt






Entrada núm. 3795
elblogdeharendt@gmail.com
La verdad es una fruta que conviene cogerse muy madura (Voltaire)

[Humor en cápsulas] Para hoy lunes, 4 de septiembre de 2017





El Diccionario de la lengua española define humorismo como el modo de presentar, enjuiciar o comentar la realidad resaltando el lado cómico, risueño o ridículo de las cosas. Pero también como la actividad profesional que busca la diversión del público mediante chistes, imitaciones, parodias u otros medios. Yo no soy humorista, así que me quedo con la primera acepción, y en la medida de lo posible iré subiendo al blog cada día las viñetas de mis dibujantes favoritos. Las de hoy con Morgan en Canarias7; Idígoras y Pachi en El Mundo; Forges, Peridis, Ros y El Roto en El País; y Montecruz y Padylla en La Provincia-Diario de Las Palmas. Disfruten de ellas. 





Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt




HArendt






Entrada núm. 3794
elblogdeharendt@gmail.com
La verdad es una fruta que conviene cogerse muy madura (Voltaire)