martes, 15 de julio de 2025

DE LAS VIÑETAS DE HUMOR DE HOY MARTES, 15 DE JULIO DE 2025

 



































lunes, 14 de julio de 2025

DE LAS ENTRADAS DEL BLOG DE HOY LUNES, 14 DE JULIO DE 2025. 236º ANIVERSARIO DEL INICIO DE LA REOLUCIÓN FRANCESA







Hola, buenos días de nuevo a todos y feliz lunes, 14 de julio de 2025. Si los españoles no quisieran que se alcanzaran pactos de legislatura entre fuerzas con distintas prioridades votarían en favor de mayorías absolutas, pero sucede lo contrario, escribe en la primera de las entradas del blog de hoy el cineasta David Trueba. La segunda, un archivo del blog de tal día como hoy de 2014 en la que se hablaba de que París, aquel día de hacía 225 años, fue una fiesta con el asalto del pueblo a la prisión real de La Bastilla, que significó el inicio de la Revolución Francesa y el colapso del Antiguo Régimen. El poema del día en la tercera, es del poeta Fray Luis de León, se titula Oda a Santiago, y comienza con estos versos: Las selvas conmoviera,/las fieras alimañas, como Orfeo,/si ya mi canto fuera/igual a mi deseo,/cantando el nombre santo Zebedeo. Y la cuarta y última, como siempre, son las viñetas de humor, pero ahora, como decía Sócrates, "Ιωμεν" (toca marchar); volveremos a vernos mañana si las Euménides y la diosa Fortuna lo permiten. Sean  felices, por favor. Tamaragua, amigos míos. HArendt

 








DE LA SENTENCIA DEL CONSTITUCIONAL

 






Si los españoles no quisieran que se alcanzaran pactos de legislatura entre fuerzas con distintas prioridades votarían en favor de mayorías absolutas, pero sucede lo contrario, escribe en El País [La sentencia del Constitucional, 08/07/2025] el cineasta David Trueba. Fue pintoresca la reacción a la sentencia del Tribunal Constitucional que ampara la ley de amnistía dictada por el Gobierno para los condenados en el procés separatista catalán, comienza diciendo Trueba. De nuevo la histeria sobreactuada que dura un par de días, se utiliza y se tira a la papelera. Los mismos que dicen defender férreamente la separación de poderes y que afean cualquier crítica a sentencias o instrucciones judiciales, algunas de las cuales son como mínimo cuestionables, han salido a insultar a todos los miembros del Constitucional que han apoyado la resolución. Descalificaciones brutales, portadas degradantes e injurias contra magistrados que llevan décadas de oficio y llegaron al tribunal con el acuerdo de los dos principales partidos. Este delirio forma parte del estado mental en que vivimos, donde nadie se atreve a ver la viga en el ojo propio. Entre otras cosas, porque la viga del sectarismo ya no deja ni ver el propio ojo.

Que la ley de amnistía cumplía con los preceptos constitucionales era evidente. Su redacción fue una filigrana para resultar admisible. Cualquiera es libre de cuestionar su oportunidad, incluso su pertinencia, pero no conviene confundir el juicio político sobre las razones que la impulsaron con la revisión del Constitucional. La aritmética parlamentaria obliga en toda vida política a negociar concesiones y acuerdos. Si los españoles no quisieran que se alcanzaran pactos de legislatura entre distintas fuerzas, cada una con muy distintas prioridades, votarían en favor de mayorías absolutas. Pero sucede al contrario; han dado en votar parlamentos cada vez más fraccionados donde los pactos son imprescindibles. Hasta Donald Trump, para sacar su llamada Ley Grande y Hermosa, ha concedido a Alaska y otros estados ciertas ventajas a cambio del voto de sus senadores. Las cesiones a partidos que representan a sus autonomías, incluso de impuestos del Estado, han sido necesarias tradicionalmente para elegir un presidente en España. La amnistía, al fin y al cabo, sería la menor de las concesiones, pues, tras las condenas de cárcel y los años de exilio de sus máximos responsables, recuperar la normalidad perdida no resulta tan gravoso para el conjunto de los ciudadanos.

Es evidente que los magistrados del Supremo que protagonizaron aquel juicio, herido por el defecto de ser un juicio más político que técnico, aborrezcan de la ley de amnistía. Lo cuestionable es que se hayan inventado estratagemas para inutilizarla. La más chocante es la que apela a la malversación. Es algo así como si tras la amnistía que dictó el gobierno de José María Aznar para la cúpula de Interior condenada por el secuestro de Segundo Marey perpetrado por los GAL, los jueces exigieran que se mantuviera la condena por los daños psicológicos que le causaron a la víctima. O por doblar las matrículas de los coches utilizados para el delito.

Las amnistías provocan una enorme controversia siempre y los gobiernos que recurren a ellas han de asumir el coste político. Esto les obliga a esmerarse en la pedagogía con los ciudadanos, algo complicado cuando los discursos electorales son primarios y ramplones. Si los socialistas no se hubieran pasado una campaña negando la posibilidad de la amnistía hubiera resultado mucho más fácil convencer a los españoles de su pertinencia. Es una buena lección. A todos, y sobre todo a los políticos, nos iría mejor con una versión más adulta y rigurosa de la política. En lo que concierne a los altos tribunales estamos obligados a aceptar su designio si no queremos deslizarnos definitivamente hacia la degradación absoluta. David Trueba es cineasta.


















[ARCHIVO DEL BLOG] Y PARÍS FUE UNA FIESTA. PUBLICADO EL 14/07/2014










Hoy hace justamente treinta y tres años que estaba en París con mi mujer, mis dos hijas pequeñas y una sobrina que nos acompañó desde Las Palmas. Por la mañana habíamos paseado por los Campos Elíseos, preparados para el desfile conmemorativo del 14 de julio, y un poco más tarde visitando el Louvre, en el que nos colamos, sin pagar entrada, y por una puerta lateral. No fue algo intencionado; estaba abierta, había mucha cola esperando en la puerta principal, nos acercamos a ver, y, como no había nadie, pasamos... Así de sencillo. Y por la noche, o más bien al atardecer, vimos desde el Trocadero el espectáculo de fuegos artificiales y comimos unos impresionantes bocadillos de embutidos en "baguettes"... Por cierto, nos ilusionamos con comprarnos un apartamento en la Place Vendôme, pero la economía familiar no daba para ello. A pesar de lo cual, París, aquel día, fue una fiesta...
Como lo fue exactamente tal día como hoy de hace 225 años, con el asalto del pueblo a la prisión real de La Bastilla, que significó el inicio de la Revolución Francesa y el colapso del Antiguo Régimen. No voy a hacer ningún panegírico de ella. Solo sé que su divisa de "Libertad, Igualdad, Fraternidad", ha alumbrado e incendiado desde entonces los corazones de miles de hombres que vieron en ella la redención de siglos de opresión.
Si la Revolución Americana, de la que escribí hace unos días en el blog, producida trece años antes, alumbró el derecho de los pueblos a vivir conforme a las leyes que ellos mismos se otorgaran libremente, la Revolución Francesa promulgó ese mismo año de 1789 la primera declaración de los derechos del Hombre y del Ciudadano con pretensiones de validez universal. La Revolución Francesa trajo muerte, destrucción, terror... Pero también una esperanza para los pueblos de esta vieja y cansada Europa.
Les dejo con ese monumento al racionalismo político universal que fue la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, adoptada por la Asamblea Constituyente francesa entre el 20 y el 26 de agosto de 1789, y aceptada por el rey de Francia, Luis XVI, el 5 de octubre de ese mismo año. Dice así: 
"Los representantes del pueblo francés, que han formado una Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, la negligencia o el desprecio de los derechos humanos son las únicas causas de calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne estos derechos naturales, imprescriptibles e inalienables; para que, estando esta declaración continuamente presente en la mente de los miembros de la corporación social, puedan mostrarse siempre atentos a sus derechos y a sus deberes; para que los actos de los poderes legislativo y ejecutivo del gobierno, pudiendo ser confrontados en todo momento para los fines de las instituciones políticas, puedan ser más respetados, y también para que las aspiraciones futuras de los ciudadanos, al ser dirigidas por principios sencillos e incontestables, puedan tender siempre a mantener la Constitución y la felicidad general.
Por estas razones, la Asamblea Nacional, en presencia del Ser Supremo y con la esperanza de su bendición y favor, reconoce y declara los siguientes sagrados derechos del hombre y del ciudadano:
Artículo 1. Los hombres han nacido, y continúan siendo, libres e iguales en cuanto a sus derechos. Por lo tanto, las distinciones civiles sólo podrán fundarse en la utilidad pública.
Artículo 2. La finalidad de todas las asociaciones políticas es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre; y esos derechos son libertad, propiedad, seguridad y resistencia a la opresión.
Artículo 3. La nación es esencialmente la fuente de toda soberanía; ningún individuo ni ninguna corporación pueden ser revestidos de autoridad alguna que no emane directamente de ella.
Artículo 4. La libertad política consiste en poder hacer todo aquéllo que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, no tiene otros límites que los necesarios para garantizar a cualquier otro hombre el libre ejercicio de los mismos derechos; y estos límites sólo pueden ser determinados por la ley.
Artículo 5. La ley sólo debe prohibir las acciones que son perjudiciales a la sociedad. Lo que no está prohibido por la ley no debe ser estorbado. Nadie debe verse obligado a aquello que la ley no ordena.
Artículo 6. La ley es expresión de la voluntad de la comunidad. Todos los ciudadanos tienen derecho a colaborar en su formación, sea personalmente, sea por medio de sus representantes. Debe ser igual para todos, sea para castigar o para premiar; y siendo todos iguales ante ella, todos son igualmente elegibles para todos los honores, colocaciones y empleos, conforme a sus distintas capacidades, sin ninguna otra distinción que la creada por sus virtudes y conocimientos.
Artículo 7. Ningún hombre puede ser acusado, arrestado y mantenido en confinamiento, excepto en los casos determinados por la ley, y de acuerdo con las formas por ésta prescritas. Todo aquél que promueva, solicite, ejecute o haga que sean ejecutadas órdenes arbitrarias, debe ser castigado, y todo ciudadano requerido o aprehendido por virtud de la ley debe obedecer inmediatamente, y se hace culpable si ofrece resistencia.
Artículo 8. La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son evidentemente necesarias; y nadie debe ser castigado sino en virtud de una ley promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada.
Artículo 9. Todo hombre es considerado inocente hasta que ha sido convicto. Por lo tanto, siempre que su detención se haga indispensable, se ha de evitar por la ley cualquier rigor mayor del indispensable para asegurar su persona.
Artículo 10. Ningún hombre debe ser molestado por razón de sus opiniones, ni aun por sus ideas religiosas, siempre que al manifestarlas no se causen trastornos del orden público establecido por la ley.
Artículo 11. Puesto que la comunicación sin trabas de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, teniendo en cuenta que es responsable de los abusos de esta libertad en los casos determinados por la ley.
Artículo 12. Siendo necesaria una fuerza pública para dar protección a los derechos del hombre y del ciudadano, se constituirá esta fuerza en beneficio de la comunidad, y no para el provecho particular de las personas por quienes está constituida.
Artículo 13. Siendo necesaria, para sostener la fuerza pública y subvenir a los demás gastos del gobierno, una contribución común, ésta debe ser distribuida equitativamente entre los miembros de la comunidad, de acuerdo con sus facultades.
Artículo 14. Todo ciudadano tiene derecho, ya por sí mismo o por su representante, a emitir voto libremente para determinar la necesidad de las contribuciones públicas, su adjudicación y su cuantía, modo de amillaramiento y duración.
Artículo 15. Toda comunidad tiene derecho a pedir a todos sus agentes cuentas de su conducta.
Artículo 16. Toda comunidad en la que no esté estipulada la separación de poderes y la seguridad de derechos necesita una Constitución.
Artículo 17. Siendo inviolable y sagrado el derecho de propiedad, nadie deberá ser privado de él, excepto en los casos de necesidad pública evidente, legalmente comprobada, y en condiciones de una indemnización previa y justa". Sean felices, por favor, y ahora, como también decía Sócrates, "Ιωμεν": nos vamos. Tamaragua, amigos. HArendt


















EL POEMA DE CADA DÍA. HOY, ODA A SANTIAGO, DE FRAY LUIS DE LEÓN

 






ODA A SANTIAGO




Las selvas conmoviera,

las fieras alimañas, como Orfeo,

si ya mi canto fuera

igual a mi deseo,

cantando el nombre santo Zebedeo;


y fueran sus hazañas

por mí con voz eterna celebradas,

por quien son las Españas

del yugo desatadas

del bárbaro furor, y libertadas;


y aquella Nao dichosa,

del cielo esclarecer merecedora,

que joya tan preciosa

nos trujo, fuera agora

cantada del que en Citia y Cairo mora.


Osa el cruel tirano

ensangrentar en ti su injusta espada;

no fue consejo humano;

estaba a ti ordenada

la primera corona, y consagrada.


La fe que a Cristo diste

con presta diligencia has ya cumplido;

de su cáliz bebiste,

apenas que subido

al cielo retornó, de ti partido.


No sufre larga ausencia,

no sufre, no, el amor que es verdadero;

la muerte y su inclemencia

tiene por muy ligero

medio por ver al dulce campanero.


[¡Oh viva fe constante!

¡oh verdadero pecho, amor crecido!

un punto de su amante

no vive dividido;

síguele por los pasos que había ido.]


Cual suele el fiel sirviente,

si en medio la jornada le han dejado,

que, haciendo prestamente

lo que le fue mandado,

torna buscando al amo ya alejado,


ansí, entregado al viento,

del mar Egeo al mar de Atlante vuela

do, puesto el fundamento

de la cristiana escuela,

torna buscando a Cristo a remo y vela.


Allí por la maldita

mano el sagrado cuello fue cortado:

¡camina en paz, bendita

alma, que ya has llegado

al término por ti tan deseado!


A España, a quien amaste

(que siempre al buen principio el fin responde),

tu cuerpo le inviaste

para dar luz adonde

el sol su claridad cubre y esconde;


por los tendidos mares

la rica navecilla va cortando;

Nereidas a millares

del agua el pecho alzando,

turbadas entre sí la van mirando;


y dellas hubo alguna

que, con las manos de la nave asida,

la aguija con la una

y con la otra tendida

a las demás que lleguen las convida.


Ya pasa del Egeo,

y vuela por el Jonio; atrás ya deja

el puerto Lilibeo;

de Córcega se aleja

y por llegar al nuestro mar se aqueja.


Esfuerza, viento, esfuerza;

hinche la santa vela, enviste en popa;

el curso haz que no tuerza,

do Abila casi topa

con Calpe, hasta llegar al fin de Europa.


Y tú, España, segura

del mal y cautiverio que te espera,

con fe y voluntad pura

ocupa la ribera:

recebirás tu guarda verdadera;


que tiempo será cuando,

de innumerables huestes rodeada,

del cetro real y mando

te verás derrocada,

en sangre, en llanto y en dolor bañada.


De hacia el Mediodía

oye que ya la voz amarga suena;

la mar de Berbería

de flotas veo llena;

hierve la costa en gente, en sol la arena;


con voluntad conforme

las proas contra ti se dan al viento,

y con clamor deforme

de pavoroso acento

avivan de remar el movimiento;


y la infernal Meguera,

la frente de ponzoña coronada,

guía la delantera

de la morisca armada,

de fuego, de furor, de muerte armada.


Cielos, so cuyo amparo

España está: ¡merced en tanta afrenta!

Si ya este suelo caro

os fue, nunca consienta

vuestra piedad que mal tan crudo sienta.


Mas, ¡ay!, que la sentencia

en tabla de diamante está esculpida;

del Godo la potencia

por el suelo caída,

España en breve tiempo es destruida.


¿Cuál río caudaloso,

que los opuestos muelles ha rompido

con sonido espantoso,

por los campos tendido

tan, presto y tan feroz jamás se vido?


Mas cese el triste llanto,

recobre el Español su bravo pecho;

que ya el Apóstol santo,

un otro Marte hecho,

del cielo viene a dalle su derecho:


vesle de limpio acero

cercado, y con espada relumbrante;

como rayo, ligero,

cuanto le va delante

destroza y desbarata en un instante;


de grave espanto herido,

los rayos de su vista no sostiene

el Moro descreído;

por valiente se tiene

cualquier que para huir ánimo tiene.


Huye, si puedes tanto;

huye, mas por demás, que no hay huida;

bebe dolor y llanto

por la mesma medida

con que ya España fue de ti medida.


Como león hambriento,

sigue, teñida en sangre espada y mano,

de más sangre sediento,

al Moro que huye en vano;

de muertos queda lleno el monte, el llano.


¡Oh gloria, oh gran prez nuestra,

escudo fiel, oh celestial guerrero!

vencido ya se muestra

el Africano fiero

por ti, tan orgulloso de primero;


por ti del vituperio,

por ti de la afrentosa servidumbre

y triste cautiverio

libres, en clara lumbre

y de la gloria estamos en la cumbre.


Siempre venció tu espada,

o fuese de tu mano poderosa,

o fuese meneada

de aquella generosa,

que sigue tu milicia religiosa.


[Las enemigas haces

no sufren de tu nombre el apellido;

con sólo aquesto haces

que el Español oído

sea, y de un polo a otro tan temido.]


De tu virtud divina

la fama, que resuena en toda parte,

siquiera sea vecina,

siquiera más se aparte,

a la gente conduce a visitarte.


El áspero camino

vence con devoción, y al fin te adora

el Franco, el peregrino

que Libia descolora,

el que en Poniente, el que en Levante mora.




FRAY LUIS DE LEÓN (1527-1591)

poeta español