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domingo, 12 de julio de 2020

[ESPECIAL DOMINICAL] The Crazy House



Dibujo de Fernando Vicente para El País


Las memorias de Bolton, escribe en el Especial dominical de esta semana [Casa de locos. El País, 4/7/2020] el escritor y Premio Nobel de Literatura Mario Vargas Llosa, son un documento riguroso que refleja los errores garrafales, la ignorancia suprema de la geografía política y las intempestivas y a menudo desconcertantes iniciativas de Trump.

"Aunque la Casa Blanca trató por todos los medios de impedir la publicación de las memorias de John Bolton, comienza diciendo Vargas Llosa, consejero del presidente Trump para la Seguridad Nacional entre abril de 2018 y septiembre de 2019, el libro, titulado The Room Where It Happened (El cuarto donde aquello sucedió), acaba de salir en Estados Unidos, luego de ser autorizado por los jueces.

Se trata de un grueso ensayo en el que Bolton cuenta con lujo de detalles su experiencia de trabajar un año y medio junto a Trump y lo critica con severidad, dando ejemplos abundantes de lo que todos ya sabíamos: que el presidente de Estados Unidos carece de la preparación más elemental para ocupar el cargo que tiene y los errores y contradicciones que por esa misma razón comete cada día, pese a la popularidad que obtuvo en los primeros años de su Gobierno y que parece haber perdido, hasta el extremo de que, según las últimas encuestas, lo derrotaría en las elecciones de noviembre el demócrata Joe Biden.

La expectativa que este libro ha despertado en Estados Unidos y en el mundo se debe, sobre todo, a que John Bolton es un conservador ultra, pero culto y bien informado, que colaboró en cargos importantes con los Gobiernos de Ronald Reagan y George Bush, del que fue embajador en las Naciones Unidas. Tanto en sus trabajos públicos como en sus comentarios en Fox News, Bolton ha defendido siempre las opciones más extremas —como, por ejemplo, en el caso de Israel, la capitalidad de Jerusalén para el Estado sionista, la ocupación militar de Cisjordania y, ahora, su anexión— y, desde que ganó las elecciones presidenciales, Donald Trump señaló que tendría un cargo importante en su Gobierno. En efecto, fue nombrado consejero para la Seguridad Nacional, encargado de orientar diariamente al presidente en cuestiones internacionales, acompañarlo en sus viajes, y, junto con el secretario de Estado, de coordinar y dar un sentido coherente a la política internacional de Estados Unidos.

Lo primero que descubrió Bolton en su nuevo trabajo fue que al presidente Trump le disgustaban los gruesos bigotes de morsa que él lleva y, lo segundo, lo despistado que suele estar en cosas tan elementales como la situación de Finlandia, de la que el mandatario norteamericano creía, ingenuamente, que no sólo no era un Estado independiente sino que formaba parte de Rusia. Aunque errores tan garrafales, que documentan una ignorancia suprema de la geografía política, aparecen a menudo en las memorias de Bolton, estas no tienen para nada el carácter chismográfico y delator que muchos lectores esperaban. Es, por el contrario, un documento riguroso, prácticamente día al día, de su experiencia de tener que informar, primero, y luego, manejar las intempestivas y a menudo desconcertantes iniciativas del presidente Trump (corregir sus errores, se diría) en las que suele incurrir y que han marcado su gestión gubernamental.

John Bolton pertenece a una familia obrera de Maryland y estudió Derecho en Yale gracias a becas y préstamos. Desde muy joven fue republicano y defendió las opciones más conservadoras y reaccionarias, con argumentos, es preciso decirlo, bastante más sólidos de los que suele usar aquel gremio político. Desde muy joven se declaró seguidor de las tesis del filósofo e historiador irlandés Edmund Burke y su primer libro, en el que explica sus convicciones políticas, Surrender Is Not an Option (La rendición no es una opción), fue un best seller. Este libro también lo será y quizás, lo más divertido del asunto, es que, por la oposición a Trump, la izquierda se haya apresurado a celebrarlo.

John Bolton llegaba a su oficina en la Casa Blanca a las seis de la mañana y allí tomaba desayuno con autoridades diplomáticas y militares; era la primera reunión de trabajo del día. En teoría, su labor consistía en trazar las grandes líneas de la política de Estados Unidos en el ámbito internacional; en verdad, su obligación era sobre todo tratar de entender lo que el presidente Trump quería en este dominio y tratar de poner orden y excusar y dar algún sentido coherente a las infinitas metidas de pata que el jefe del Estado cometía a diario en este campo.

Lo que cuenta es perfectamente explicable. Como generalmente no sabía dónde estaba parado, el presidente Trump desconfiaba de todo el mundo —salvo, quizás, de su hija Ivanka y de su yerno, un par de intrusos— y prestaba mucha más atención a la prensa, y, sobre todo, a la televisión, que a los grandes asuntos del día. Las reuniones con sus más estrechos colaboradores se caracterizaban, sobre todo, por la abundancia de feroces palabrotas que profería, y por el frenesí con que despedía y cambiaba a sus asesores. Que Bolton permaneciera a su lado más de un año y medio fue algo milagroso. Al final lo obligó a renunciar acusándolo de haber abusado de viajar demasiado utilizando los aviones militares, acusación disparatada cuando uno lee estas memorias, donde Bolton especifica con enfermiza pulcritud los viajes de trabajo que hizo y las condiciones en que viajó.

El libro desarrolla todos los temas internacionales importantes en los que Bolton intervino, de Libia a China, de Irán a Cuba, de Rusia a la Unión Europea, de Afganistán al Reino Unido, y, la verdad, el lector queda mareado con esa frenética actividad que, por lo demás, era poco valorada por Trump, cuando no brutalmente contradicha por sus salidas intempestivas ante la prensa, que, luego, los asesores, y sobre todo Bolton, debían enmendar cuidadosamente, sin que pareciera que desmentían a su jefe. El caos que documenta este libro sin humor, y en el que el mal humor fatalmente asoma, permite llamar a la Casa Blanca, sin exageración alguna, una verdadera casa de locos.

Por razones obvias, las cerca de cincuenta páginas que Bolton dedica a Venezuela tenían un interés especial para quien escribe esta columna. Uno advierte, desde el primer momento, que tanto Trump como sus principales colaboradores, se vieron sorprendidos con la enorme oposición a Maduro, que parecía apoyar a Guaidó, y, de inmediato, acordaron respaldarlo, pero, eso sí, descartando de entrada una acción militar contra el régimen chavista. Como se recordará, pese a este acuerdo, el presidente Trump amenazó una y otra vez con una acción armada a Maduro, sabiendo perfectamente que ésta estaba descartada de antemano y que sus bravatas carecían de toda consistencia. Por otra parte, en aquellas reuniones privadas y secretas, Trump mostraba cierto escepticismo con la figura de Guaidó, y, más bien, cierta simpatía secreta por Maduro, “ese duro”, la misma que, pese a todo, le merecía Putin, el nuevo zar de Rusia. Bolton analiza, con rigor, las difíciles relaciones que Trump ha mantenido con sus viejos aliados de Europa Occidental, y su inclinación sistemática por celebrar encuentros con dictadorzuelos medio locos, como el gordinflón que conduce Corea del Norte con mano de hierro o el nuevo amo de Rusia.

¿Qué sucederá ahora en Estados Unidos si una mayoría del pueblo estadounidense confirma en las elecciones de noviembre a Trump en el poder? Yo creo que sería una gran desgracia para Estados Unidos en particular y para el mundo libre en general. Por su ignorancia y por su arbitrariedad, Trump ha conseguido que su país se distancie de sus aliados tradicionales y se acerque, más bien, a sus enemigos, sin siquiera darse cuenta cabal de que así procedía. Este es el testimonio más importante de esta memoria de John Bolton. De ser así, por cuatro años más, aquellos ganarían todavía más terreno del que han conseguido ya en estos primeros cuatro años de su Gobierno. Vaya paradoja que un ultra reaccionario norteamericano como John Bolton haya mostrado cómo y por qué Trump debe ser derrotado en las elecciones de noviembre".

El Especial de cada domingo no es un A vuelapluma diario más, pero se le parece. Con un poco más de extensión, trata lo mismo que estos últimos, quizá con mayor profundidad y rigor. Y lo subo al blog el último día de la semana pensando en que la mayoría de nosotros gozará hoy de más sosiego para la lectura. 




El escritor Mario Vargas Llosa



La reproducción de artículos firmados por otras personas en este blog no implica compartir su contenido. Sí, en todo caso, su  interés. Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt




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sábado, 4 de enero de 2020

[ARCHIVO DEL BLOG] Obama en Oriente Medio. (Publicada el 4 de junio de 2009)



Kennedy en Berlín, 11 de junio de 1963


Seguro que me paso de ingenuo, o de optimista, que viene a ser lo mismo pero sin el candor del primero, pero yo también pienso que Estados Unidos (o eso que llamamos Occidente) comenzó a ganarle la "guerra fría" a la URSS (o al comunismo real, si lo prefieren) el día de junio de 1963 en que el presidente Kennedy se plantó en Berlín y pronunció su famoso "Ich bin ein Berliner" en respuesta al desafío que suponía la creación del muro de separación de las dos Alemanias por parte del régimen de Pankow, dos años antes.

¿Ha intentado Obama con su gesto, su discurso de hoy en la Universidad de El Cairo sentar las bases de una nueva política de Estados Unidos (y Occidente, tras él) ante y para el mundo islámico? Para muchos analistas, sí. Y además, dicen, ha conseguido el mismo efecto que consiguió el de Kennedy en 1963. Tiempo habrá para analizarlo y para verlo. El periodista de El País, Javier Valenzuela, lo desmenuza en un artículo que puede verse ya en la edición electrónica de ese diario.

Yo acabo de leerlo hace unos instantes y en una especie de compulsión publicadora me apresuro a dejar constancia del hecho en el Blog. Pero la verdad es que han coincidido en ello otras consideraciones. Casualidad o no, supongo que sí, el hecho de que apenas unos minutos antes de encender el portátil y ponerme a ojear la prensa electrónica hubiera terminado de leer en el último número de Revista de Libros un artículo de Julio Aramberri, sociólogo y profesor de la Universidad Drexel de Filadelfia (Estados Unidos), me ha animado a ponerme al teclado.

El artículo del profesor Aramberri se titula "El imperio deudor", y contra lo que pueda parecer en primera instancia, que también, no es un análisis estrictamente económico de las causas de la crisis financiera y económica global que estamos viviendo, sino algo más, bastante más, pues entra a saco en las razones políticas y de todo tipo que, a juicio de otros ilustres pensadores (como Paul KrugmanRobert KaganFareed Zakaria y Kenneth Pollack) nos han llevado hasta donde estamos.

Quisiera destacar una frase del artículo de Aramberri que me parece muy significativa y que dice así: "Estados Unidos no puede seguir imponiendo unilateralmente sus soluciones porque no tiene todos los medios necesarios y porque buena parte de la sociedad estadounidense preferiría que el mundo se acabase en los confines de los cincuenta Estados de la Unión." Claro está que poco antes, el autor ha dado una sonora cachetada a los socios europeos al explicar el concepto que éstos tienen de multilateralismo: "Se deja solos a los estadounidenses cuando piden ayuda e inmediatamente se les acusa de actuar por su cuenta, aunque sus decisiones sean también ventajosas para ellos. Si sale cara, yo gano; si sale cruz, tú pierdes".

Dice Javier Valenzuela en su crónica que alguien entre el público que asistía hoy a su conferencia en El Cairo le gritó a Obama "We love you too"... Me conformo con que se abra un resquicio de esperanza a una paz justa y duradera. Difícil está, pero que por intentarlo no quede. ¿Por cierto, saben ustedes quien puede ser el radiopredicador español del qué habla Javier Valenzuela en su artículo? Lo sospecho, pero tampoco voy a hacerle la propaganda gratis. HArendt



Obama en El Cairo, 4 de junio de 2009



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lunes, 12 de junio de 2017

[Política internacional] Israel y Palestina: Es necesario un acuerdo



Organización de las Naciones Unidas, Nueva York


Ha pasado medio siglo y el final del conflicto entre dos naciones convencidas de que tienen derecho a reclamar el mismo pedazo de tierra parece más alejado que nunca. Europa, sobre todo Alemania, debe actuar en favor de los palestinos. Lo pide en un emotivo artículo en El País el afamado pianista y director de orquesta argentino, nacionalizado español, israelí y palestino, Daniel Barenboim.

La política internacional actual, dice al comienzo de su artículo, está dominada por cuestiones como el futuro del euro y la crisis de los refugiados, la amenaza de que la presidencia de Trump provoque el aislamiento de Estados Unidos, la guerra de Siria y la lucha contra el extremismo islámico. No obstante, hay otro tema casi omnipresente desde la primera década del nuevo milenio pero que cada vez aparece menos en las noticias y, por tanto, cada vez está menos presente en la conciencia colectiva: el conflicto en Oriente Próximo. Durante decenios, el enfrentamiento entre israelíes y palestinos fue una preocupación constante para Estados Unidos y Europa, y la resolución del conflicto, una de sus grandes prioridades políticas. Sin embargo, después de numerosos y fracasados intentos de poner fin a esta situación, da la impresión de que el statu quo se ha consolidado. El mundo sigue pensando —con malestar, con impotencia y con cierta desilusión— que este conflicto es irresoluble.

La situación es más trágica aún, añade, en la medida en que los frentes se han ido reforzando y la situación de los palestinos ha empeorado sin cesar, y ni el más optimista puede atreverse a suponer que el Gobierno actual de Estados Unidos vaya a abordar el problema con una actitud prudente y sensata. Y la tragedia se va a hacer notar especialmente este año y el próximo, porque vamos a vivir dos aniversarios llenos de tristeza, en particular para los palestinos: en 2018 se conmemorará el 70º aniversario de lo que los palestinos llaman al Nakba, “la catástrofe”, que supuso la expulsión de más de 700.000 personas del antiguo territorio incluido en el mandato británico, como consecuencia directa del plan de la ONU para la partición de Palestina y la creación del Estado de Israel, el 14 de mayo de 1948. Al Nakba sigue vigente, puesto que más de cinco millones de descendientes directos de aquellos palestinos desplazados continúan hoy viviendo en un exilio forzoso.

Y este año, continúa diciendo, el 10 de junio se han cumplido 50 años de ocupación continuada de las tierras palestinas por parte de Israel, una situación moral y físicamente intolerable. Incluso los que piensan que la Guerra de los Seis Días —que terminó el 10 de junio de 1967— fue necesaria porque Israel tenía que defenderse deben reconocer que la ocupación y todo lo que ha sucedido con posterioridad constituyen un desastre absoluto. No solo para los palestinos sino también para los israelíes, desde el punto de vista estratégico y desde el punto de vista ético.

Ha pasado medio siglo desde entonces, y el final del conflicto parece más alejado que nunca, afirma. Nadie se hace hoy ilusiones de poder ver a un joven palestino o a un joven israelí tendiendo la mano al otro. Y es un problema que, a pesar de que haya dejado de ser “popular”, como decía antes, sigue siendo importante, incluso crucial. Para los habitantes de Palestina e Israel, para todo Oriente Próximo y para el mundo entero.

De ahí que, añade más adelante, coincidiendo con el 50º aniversario de la ocupación, me atreva a pedir a Alemania y a Europa que vuelvan a dar prioridad a la resolución del conflicto. No estamos hablando de un enfrentamiento político, sino de un enfrentamiento entre dos naciones que están completamente convencidas de que tienen derecho a reclamar el mismo, y pequeño, pedazo de tierra. Europa, que hace declaraciones sobre la obligación de ser más fuerte y más independiente, debe ser consciente de que esa nueva fortaleza y esa nueva independencia implican exigir de manera inequívoca que Israel ponga fin a la ocupación y reconozca el Estado palestino.

El hecho de ser un judío, señala, y vivir en Berlín desde hace más de 25 años me permite tener una perspectiva especial sobre la responsabilidad histórica de Alemania en este conflicto. Si tengo la posibilidad de vivir libre y felizmente en este país es solo gracias a que los alemanes han afrontado y digerido su pasado. No cabe duda de que, incluso en la Alemania actual, existen tendencias extremistas y preocupantes contra las que todos debemos luchar. Pero, en general, la sociedad alemana es hoy una sociedad libre y tolerante, consciente de su responsabilidad humanitaria.

Alemania e Israel, por supuesto, siempre han tenido una relación especialmente estable, afirma; la primera siempre se ha sentido, y con razón, en deuda con el segundo. Pero no tengo más remedio que ir un poco más allá: Alemania tiene también una deuda especial con los palestinos. Sin el Holocausto, nunca se habría llevado a cabo la partición de Palestina, ni se habrían producido al Nakba, la guerra de 1967 y la ocupación. Ahora bien, no son solo los alemanes los que tienen una responsabilidad hacia los palestinos, sino todos los europeos, porque el antisemitismo fue un fenómeno que se dio en toda Europa, y los palestinos siguen sufriendo sus consecuencias directas, a pesar de no tener ninguna culpa de aquello.

Es absolutamente necesario que Alemania y Europa asuman esa responsabilidad respecto al pueblo palestino, comenta. Eso no significa que haya que tomar medidas contra Israel, sino en favor de los palestinos. La ocupación actual es inaceptable, tanto desde el punto de vista estratégico como desde el punto de vista moral, y debe terminar. Hasta ahora, el mundo no ha hecho nada verdaderamente importante para lograrlo, y Alemania y Europa deben exigir el fin de la ocupación y el respeto de las fronteras anteriores a 1967. Hay que fomentar una solución con dos Estados, pero, para eso, es necesario que se reconozca a Palestina como Estado independiente. Hay que encontrar una solución justa para la crisis de los refugiados. Hay que reconocer el derecho de retorno de los palestinos y ponerlo en práctica en colaboración con Israel. Hay que garantizar una distribución equitativa de los recursos y el respeto a los derechos civiles y humanos de los palestinos. Y todo esto es tarea de Europa, sobre todo ahora que vemos cómo está cambiando el orden mundial.

Cuando han pasado 50 años desde aquel 10 de junio, concluye Barenboim, quizá estamos muy lejos de poder resolver el conflicto israelo-palestino. Solo si Alemania y Europa empiezan ya a asumir su responsabilidad histórica y a tomar medidas que ayuden a los palestinos será tal vez posible evitar que, cuando llegue el 100º aniversario de la ocupación israelí de las tierras palestinas, la situación siga igual



Dibujo de Eulogia Merle para El País


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miércoles, 15 de marzo de 2017

[Política internacional] Gibraltar en el candelero



Naciones Unida, Nueva York


Ya he expresado en ocasiones anteriores mi opinión sobre el contencioso que enfrenta a España y Gran Bretaña sobre Gibraltar, opinión que se resume en pocas palabras: la existencia de Gibraltar, !una "colonia" en suelo europeo!, es a estas alturas un anacronismo histórico, jurídico y político que debería estar resuelto hace mucho tiempo. Con una premisa básica: que en cualquier caso quede acreditada y se respete la voluntad de sus habitantes y que se realice con el acuerdo expreso y firme de España y Gran Bretaña, no solo de una o dos de las tres partes en litigio. ¿Soluciones posibles (o deseables)?: la independencia pura y simple; la integración en España como Comunidad Autónoma; la integración en Gran Bretaña; o un Estatuto Especial como Estado independiente en la Unión Europea bajo la cosoberanía compartida de las Coronas española y británica. Pero como también digo siempre (o casi siempre) mi opinión al respecto es irrelevante.

Para Gibraltar, decía en un reciente artículo en El País la profesora Paz Andrés Sáenz de Santa María, catedrática de Derecho Internacional Público de la Universidad de Oviedo, el Brexit ha sido una pésima noticia. Jurídicamente, añade, no hay duda de que una vez materializada la salida de Reino Unido España recupera la facultad reconocida por el artículo X del Tratado de Utrecht de controlar e incluso de cerrar el paso por la verja, que permanecía inaplicable tras la adhesión de España a la Unión Europea como consecuencia de la obligación de garantizar la libre circulación de personas, servicios y capitales. Por otra parte, los expertos ya han advertido de las restricciones que España podría imponer sobre la residencia, propiedades, negocios y ejercicio profesional de los gibraltareños en España y, más en general, de las repercusiones negativas para Gibraltar de la pérdida del estatuto especial. Los documentos publicados por el Gobierno británico antes del referéndum reconocían estos problemas y el apoyo a la permanencia expresado en la consulta por el 95,1 % de los gibraltareños certifica que son conscientes de las consecuencias.

El compromiso de Reino Unido con Gibraltar, dice más adelante, reiterado en múltiples ocasiones antes y después del Brexit mediante el conocido mantra de que ese Estado nunca celebrará acuerdos por los que la población de Gibraltar quede bajo la soberanía de otro Estado ni participará en negociaciones de soberanía con las que Gibraltar no esté conforme, tendrá valor político para consumo interno pero no puede eliminar esta realidad. Tampoco pueden hacerlo los vanos intentos de formar con Escocia un frente común para conseguir la permanencia en la Unión, dada la condición singular de Gibraltar como territorio no autónomo, ni la también vana evocación del caso de Groenlandia, pues es justamente el inverso de lo que Gibraltar pretende. Nada de esto vale para obviar los poderes de control que se derivan del derecho de la UE para cada Estado miembro en relación con las sucesivas fases del proceso de retirada, desde la definición de las orientaciones de negociación por parte del Consejo Europeo, pasando por la adopción del texto del tratado de retirada y hasta la ratificación del mismo. España puede hacer uso de estas facultades para controlar la regulación del régimen de Gibraltar, lo que es plenamente coherente con la característica de controversia bilateral reconocida siempre por las instituciones europeas y, desde luego, con la legítima defensa de nuestros intereses. El presidente Rajoy ya ha dicho en Malta que Gibraltar se irá de la Unión Europea y no se aplicará el acervo comunitario en el mismo instante en que se vaya el Reino Unido.

La reciente propuesta española de soberanía conjunta, señala, abre una nueva perspectiva. Su contenido se articula alrededor de cuatro ejes: un estatuto personal para los habitantes del Peñón que les permita acceder a la nacionalidad española sin renunciar a la británica; un régimen de autonomía; el mantenimiento de un régimen fiscal particular siempre que sea compatible con el derecho de la Unión y el desmantelamiento de la verja. España y Reino Unido ostentarían conjuntamente las competencias en materia de defensa, relaciones exteriores, control de fronteras, inmigración y asilo. Al presentarla ante la Cuarta Comisión de la Asamblea General, el representante de España destacó las ventajas de esta solución para conjurar las consecuencias del Brexit sobre Gibraltar, pues la economía del territorio seguiría beneficiándose del acceso al mercado interior, manteniéndose las libertades de circulación.

Cuando David Cameron, comenta, obtuvo de los jefes de Estado y de Gobierno la decisión relativa a un nuevo régimen para Reino Unido, dijo que había conseguido lo mejor de los dos mundos, aunque los ciudadanos británicos no supieron apreciarlo. Tras el Brexit, la propuesta de soberanía conjunta ofrece a Gibraltar la versión particular de lo mejor de los dos mundos. Su ministro principal, que ya se ha precipitado a rechazarla, tendría que explicar a la población por qué prefiere salir de la Unión en vez de permanecer en ella sin tener que renunciar a nada, por qué desprecia un estatuto personal privilegiado, por qué no quiere superar de este modo una situación colonial anacrónica y por qué no quiere fortalecer las sinergias económicas con el Campo de Gibraltar, por el que a veces aparenta interesarse. Escudarse en el referéndum de 2002 en el que se rechazó la fórmula de la cosoberanía negociada por Piqué y Straw no parece suficiente, dado el cambio que supone el Brexit.

Si la incorporación del Reino Unido a las Comunidades Europeas cambió radicalmente la economía de Gibraltar, dice, la retirada de ese Estado puede tener consecuencias muy negativas para el territorio. Ni la ingeniería jurídica ni las dramáticas apelaciones a su europeísmo serán suficientes para conjurar los riesgos ciertos a los que se enfrenta. No por casualidad, el Libro Blanco que acaba de presentar la primera ministra se limita a asegurar que el gobierno británico seguirá involucrando a Gibraltar en sus foros de trabajo, se comprometerá con sus intereses cuando comiencen las negociaciones y reforzará los vínculos entre ellos mismos.

La puesta en práctica de la salida de Reino Unido de la UE llevará tiempo pero acabará llegando, concluye diciendo. Y la población de Gibraltar se topará con la cruda realidad de ser un territorio no autónomo de un tercer Estado, con todos los inconvenientes y ninguna de las ventajas actuales. En El arte de la prudencia, Baltasar Gracián contrapone a los que no se dan cuenta de la verdad ni de la utilidad, preocupados por contradecir y luchar, frente a los que están de parte de la razón y no de la pasión. Gibraltar va a tener que valorar pronto cuál de las dos posturas conviene más a sus intereses. Espero que acierten.




Gibraltar, al fondo. La Línea de la Concepción, España, en primer plano



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sábado, 10 de diciembre de 2016

[Política internacional] Día Internacional de los Derechos Humanos





Tal día como hoy de hace 68 años la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptaba en París, mediante la Resolución 217-A-III, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un texto que recoge en treinta artículos los derechos humanos considerados básicos a partir de la Carta de San Francisco, de 26 de junio de 1945.

La unión de esta declaración y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y sus Protocolos comprende lo que se ha denominado la Carta Internacional de Derechos Humanos. Mientras que la Declaración constituye, generalmente, un documento orientativo, los Pactos son tratados internacionales que obligan a los Estados firmantes a cumplirlos.

En numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos se han reiterado los principios básicos de derechos humanos enunciados por primera vez en la Declaración Universal de Derechos Humanos, como su universalidad, interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no discriminación, y el hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de derechos y obligaciones por parte de los responsables y los titulares de estos. En la actualidad, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas han ratificado al menos uno de los nueve tratados internacionales básicos de derechos humanos, y el 80 % de ellos ha ratificado al menos cuatro de ellos, lo que constituye una expresión concreta de la universalidad de la DUDH y del conjunto de los derechos humanos internacionales.

En la lenta evolución de los Derechos Humanos en la historia, es a partir del siglo XVII cuando empiezan a contemplarse declaraciones explícitas con base en la idea contemporánea del “derecho natural”. Inglaterra incorpora en 1679 a su constitución la Habeas Corpus Act (Ley de hábeas corpus) y la Bill of Rights (Declaración de Derechos) en 1689. En Francia como consecuencia de la Revolución francesa, se hace pública, en 1789, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.

En 1927, entra en vigor la Convención sobre la Esclavitud de 1926, que prohíbe la esclavitud en todas sus formas. Los llamados “Códigos de Malinas” que abarcan la Moral Internacional (1937), Relaciones Sociales (1927), Relaciones Familiares (1951) y el Código de Moral Política (1957), son intentos parciales de la conciencia pública por regular una seguridad mínima de respeto al individuo, habitualmente ignorado por los Estados. Como consecuencia de la Primera Guerra Mundial la Sociedad de Naciones impulsó los Convenios de Ginebra sobre seguridad, respeto y derechos mínimos de los prisioneros de guerra, y en 1948 tras la Segunda Guerra Mundial, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el documento titulado “Declaración Universal de los Derechos Humanos”, conjunto de normas y principios, garantía de la persona frente a los poderes públicos.

En virtud del artículo 68 de la Carta de las Naciones Unidas, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas creó la Comisión de Derechos Humanos. A este organismo, formado por 18 representantes de Estados miembros de la ONU, se le encomendó la elaboración de una serie de instrumentos para la defensa de los derechos humanos. Dentro de la Comisión se creó un Comité formado por ocho miembros, que serían Eleanor Roosevelt (nacional de Estados Unidos), René Cassin (Francia), Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Hernán Santa Cruz (Chile), Alexandre Bogomolov/Alexei Pavlov (Unión Soviética), Lord Dukeston/Geoffrey Wilson (Reino Unido) y William Hodgson (Australia). Fue también de especial relevancia la intervención de John Peters Humphrey, de Canadá, director de la División de Derechos Humanos de la ONU.

El proyecto de Declaración se sometió a votación el 10 de diciembre de 1948 en París, y fue aprobado, por los que entonces eran los 58 Estados miembros de la Asamblea General de la ONU, con 48 votos a favor y las 8 abstenciones de la Unión Soviética, de los países de Europa del Este, de Arabia Saudí y de Sudáfrica. Además, otros dos países miembros no estuvieron presentes en la votación.

La abstención surafricana puede ser vista como un intento de proteger su sistema de apartheid, el cual violaba claramente varios principios de la declaración. La abstención de la delegación saudí se debió principalmente a su inconformidad con 2 artículos: el 16 (matrimonio sin discriminación y con consentimiento de los cónyuges) y el 18 (derecho a cambiar de religión). Las abstenciones de las naciones comunistas se centraban en el hecho de que la declaración no condenaba específicamente el fascismo y el nazismo. Sin embargo, Eleanor Roosevelt atribuyó dicha abstención a la inconformidad con el artículo 13 (derecho a salir del país libremente).

Votaron a favor Afganistán, Argentina, Australia, Bélgica, Birmania, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, China (Taiwán), Colombia, Costa Rica, Cuba, Dinamarca, República Dominicana, Ecuador, Egipto, El Salvador, Estados Unidos, Etiopía, Filipinas, Francia, Grecia, Guatemala, Haití, Holanda, India, Irak, Irán, Islandia, Líbano, Liberia, Luxemburgo, México, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Pakistán, Panamá, Paraguay, Perú, Reino Unido, Siria, Suecia, Tailandia, Turquía, Uruguay y Venezuela. Se abstuvieron Arabia Saudí, Bielorrusia, Checoslovaquia, Polonia, Sudáfrica, URSS, Ucrania y Yugoslavia. No hubo ningún voto en contra. Y se ausentaron Honduras y Yemen.


DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. 

Artículo 1.

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2.

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4.

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5.

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6.

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7.

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8.

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9.

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10.

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11.

(1) Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
(2) Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12.

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13.

(1) Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
(2) Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14.

(1) En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
(2) Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15.

(1) Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
(2) A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16.

(1) Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
(2) Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
(3) La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17.

(1) Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
(2) Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18.

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19.

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20.

(1) Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
(2) Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21.

(1) Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
(2) Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
(3) La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22.

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23.

(1) Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
(2) Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
(3) Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
(4) Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24.

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25.

(1) Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
(2) La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26.

(1) Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
(2) La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
(3) Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27.

(1) Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
(2) Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28.

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29.

(1) Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
(2) En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
(3) Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30.

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.





Y ahora, como decía Sócrates, Ιωμεν: nos vamos. Sean felices, por favor, a pesar de todo. Tamaragua, amigos. HArendt





HArendt




Entrada núm. 3083
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La verdad es una fruta que conviene cogerse muy madura (Voltaire)